Colectivos de mujeres entregaron propuesta a la Defensoría del Pueblo

Colectivo de mujeres con carteles llegaron a la Defensoría del Pueblo.

Los colectivos de feministas de Loja entregaron un documento en la Defensoría del Pueblo sobre su propuesta para la definición de la ley en el tema de legalizar el aborto en casos de violación. Esperan que sea tomada en cuenta durante la elaboración de la norma.

Circunstancias

La representante del Comité de Desarrollo de la Mujer Fronteriza (Codemuf), Magali Maldonado, expresó que acudieron diferentes colectivos y organizaciones hacia la Cartera de Estado para hacer la entrega formal del documento a su representante en Loja, quien a su vez hará llegar a las instancias superiores, sobre la necesidad del diálogo que tienen las mujeres para que se tomen en cuenta en la elaboración del proyecto de ley sobre el aborto por causa de violación.

“Necesitamos que el Estado nos garantice un buen acceso y servicio de salud, que nos atiendan con rapidez sin victimizarnos e imponernos cuestiones morales a nuestras decisiones cuando la mujer requiere un aborto y no penalizarla como es en la actualidad”, dijo.

Acotó que desean que la Corte Constitucional sea la entidad que trabaje en la definición de la respectiva ley y no otras instituciones.

Por su parte, Lorena Rodríguez Manchay, activista de mujeres en Loja, indicó que a nivel del país, 7 organizaciones presentaron una acción de inconstitucionalidad al artículo 150 inciso 2 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y aparte de ello, 70 colectivos mediante el “Amicus Curiae” se sumaron a dicha actividad contra la normativa, porque afecta a la mujer.

Espera que la Defensoría del Pueblo se sume a la propuesta presentada por los colectivos, ya que existen casos en la provincia que están pendientes en donde las mujeres se las persigue o están en procesos para ser encarceladas, solo por ir en contra de la ley.(I).

Datos

En el Ecuador el aborto es legal desde 1938; el artículo 150 del COIP lo establece en dos causales, la primera causal permite el aborto cuando la vida de la mujer embarazada está en riesgo; mientras que la segunda, cuando una mujer que presenta alguna discapacidad mental es violada.