La deontología jurídica

Paúl Maldonado

La educación en gran parte del tiempo ha sido concebida como un proceso de transmisión única de información y de conocimiento, sin tener en cuenta la humanidad, la persona, la sociedad, seres que ante todo cuentan con valores y habilidades que, si son bien dirigidos, provocan aptitudes positivas para el desarrollo de los pueblos.

El aprendizaje de la deontología jurídica es una necesidad fundamental para todos los estudiantes del derecho. Cognitivamente, está dirigida a lograr que el estudiante identifique la norma ética y deontológica que regula la vida del profesional; altitudinalmente, que busque fomentar la sensibilidad ética y el razonamiento moral que permitan al futuro abogado una adecuada decisión en su desempeño profesional; y, psicomotriz que coadyuve a que el estudiante reflexione e imparta criterios de acción basados en principios éticos en la toma de decisiones y actitudes frente al cliente como persona. Deontología es sinónimo de ética, moralidad, decoro, justicia, honradez, integridad, disciplina, responsabilidad, honor, lealtad, ejemplo, dignidad, firmeza, modestia, generosidad, respeto y deber profesional. Se deriva del griego deondeontos que significa lo conveniente y necesario; deontología es la ciencia o tratado de los deberes, Además de su significado convencional tiene un valor universal. Entonces la deontología jurídica es el conjunto de normas y deberes que regulan las relaciones del abogado con el cliente, con la parte contraria, con los operadores de justicia, con sus compañeros de profesión, con los colegios de abogados y en general con la sociedad. Los deberes morales no son otra cosa que las exigencias, obligaciones indeclinables, recaídas sobre la responsabilidad de los hombres que mientras mejor las cumpla, más derecho tiene a la feliz convivencia social. Su filosofía radica en la condición esencial de todo gran abogado como la probidad, la honestidad, la cortesía, la investigación, la puntualidad, la discreción, la bondad, la veracidad, la solidaridad, el secreto profesional, la humildad, la justicia, la prudencia, la rectitud y la generosidad en la prestación de su conocimientos, que han de brotar en todo momento, sin esfuerzo, con naturalidad, como un manantial solo se es dignamente abogado cuando se trabaja con la idea clavada en el corazón de que aunque trabajemos con jueces parcializados, con instrumento imperfectos y con normas inciertas y dirigidas, pero con la conciencia cierta de que hasta donde no pueda llegar el saber; llega siempre la justicia. La auténtica práctica de la deontología jurídica es un sueño o pasión de amor hacia alguien o hacia algo: Dios, en los religiosos; la verdad, en los investigadores; la curación, en los médicos; la justicia, en los abogados. El lazo que une a todas esas manifestaciones de amor es su carácter desinteresado, abnegado; el noble afán de dar algo, porque sin dar, la vida del hombre dotado de ética, de amor carece de sentido y de luz interior. Finalmente, la deontología jurídica es una asignatura que actualmente debe constar en el currículo de todas las carreras de Derecho. Pero dicha materia, siguiendo aquella enseñanza tradicionalista, se ha encarnado simplemente en estudio de la norma y la transmisión de valores éticos. De acuerdo a las nuevas formas de enseñar, el reto que tienen las universidades, es innovar la formación ética y moral del futuro profesional. Y esta no es otra que la de enseñar la deontología jurídica en forma transversal, es decir entrelazándola con todas las asignaturas. La formación deontológica jurídica desde un enfoque transversal tiene el objetivo de fomentar la reflexión y la acción impulsando el cambio de actitudes y comportamientos.