La Repetición por multa al Municipio será un cuento de nunca acabar

El procurador síndico del Municipio de Loja, Luis Alfredo Tapia Montesdeoca, anunció la demanda por Repetición a quienes serían los culpables de cancelar más de USD 11 millones a la empresa Safety, luego de que esta demandó a la institución por dineros que supuestamente no han sido transferidos, a pesar de haberlos cobrado.

Informó que ya se tiene definido quienes serían los culpables directos e indirectos, por lo que se procederá a demandar, con la finalidad de que la institución recupere los dineros que debe pagar a la empresa contratada en 2015, para instalar fotorradares en la ciudad. “Los culpables son los funcionarios que no transfirieron los dineros a la empresa; los concejales del periodo 2014-2019, y que aprobaron la resolución de autorización para la firma del contrato al alcalde José Castillo”, precisó Tapia Montesdeoca.

Diario Crónica consultó al profesional del derecho, José Luis Silverio Palacios, presidente del colegio de Abogados de Loja, quien dio a conocer que ese tipo de demandas judiciales son aplicables luego de haberse realizado el pago de la indemnización. “Es un juicio que se siguen en lo Contencioso Administrativo, y siempre lo presenta la máxima autoridad, y se aplica en casos de omisión o negligencia de un servidor público, porque se ha causado un perjuicio al Estado”, dijo el jurisconsulto.

Comentó que la demanda judicial tendría que ser para el alcalde, concejales y procurador síndico del periodo 2014-2015. “Hay una responsabilidad directa del alcalde y procurador síndico, pero también de quienes votaron en contra de la resolución de aprobación para el contrato de fotomultas porque no legislaron bien, y eso es negligencia manifiesta”, precisó el abogado en libre ejercicio, agregando que la gravedad en la responsabilidad está en el Cabildo. “Un contrato lo puede firmar con quien sea, pero el problema está en la mala legislación que ha generado un perjuicio al Municipio”.

Según el abogado, estas demandas tienen dos instancias. “En el proceso, el juez determina el grado de responsabilidad y también el monto que debe pagar por el daño causado”, pero agregó que la demanda por Repetición se hace luego de cumplir con el pago de la multa, y prevé que la alcaldesa saliente no cumpliría con dicha obligación. “El nuevo alcalde tampoco lo haría porque fue parte del proceso”, finalizó.

De su parte, el exconcejal rural Darwin Avendaño Delgado, puntualizó que su participación en Cabildo estuvo enmarcada en las facultades legales de apoyar la implementación de las fotomultas, cumpliendo la normativa. “Se nos convocó a una sesión de cabildo para conocer un memorándum que decía, se apruebe la autorización para diseñar un acto normativo que regule la velocidad de las calles del cantón Loja, y en ningún momento decía con fotorradares”, y sostuvo que su voto a favor estaba condicionado al cumplimiento de contar con una ordenanza y luego contratar el servicio de control de velocidad. “Un acto normativo donde se regule los límites de velocidad, área urbana y rural; él (alcalde José Castillo Vivanco) fue muy hábil para cambiar el objeto de la convocatoria, al final de la votación agregó, con esto señores, han aprobado la firma del contrato, dijo”, aseveró.

Darío Jaramillo Pacheco, exconcejal urbano, sostuvo que la ley establece las “reglas de juego” en materia de contratación pública y por lo tanto estarían bien definidas las competencias del alcalde con los concejales. “Nuestra participación de dar cumplimiento a la ley, estuvo enmarcada en la ordenanza que se entregó en los procesos de control, por parte de la Contraloría General del Estado, durante y después de la administración de la que fuimos parte”, detalló. Añadió que la alcaldesa saliente debía enfocarse en demostrar los incumplimientos de la empresa. “En lugar de hacer una defensa jurídica adecuada, buscan generar un show político”, remarcó.