
La tasa de la contribución especial para el mantenimiento de la red vial rural asfaltada en la provincia de Loja aún no es publicada en el Registro Oficial. Prefecto espera que se haga en estas semanas e iniciar el cobro con la matriculación.
Circunstancias
El proyecto de ordenanza fue aprobado el 06 de diciembre de 2023, en sesión extraordinaria del Consejo Provincial, pero ha pasado más de un mes y aún no es ley, debido a que no está en el Registro Oficial.
El prefecto de Loja, Mario Mancino Valdivieso, señaló a Diario Crónica que están a la espera de que la tasa sea inscrita y empezar el cobro de la contribución especial para el mejoramiento de la vialidad rural asfaltada, junto con el período de matriculación —que iniciará el mes de febrero con el dígito 1—.
“Estamos trabajando en los convenios con las diferentes entidades financieras de Loja para que los usuarios puedan pagar: bancos y cooperativas”. De igual manera, efectúan los oficios a los Gobiernos Municipales que poseen la matriculación, como Espíndola, Catamayo y Loja, para que puedan realizar el cobro o sea un requisito a la hora de efectuar algún trámite.
Recalcó, asimismo, “lo importante que habría sido tener la tasa aprobada en esta época de crisis —en donde las entidades no tienen ningún centavo— porque el Gobierno nos adeuda, en el caso de la Prefectura de Loja más de USD 21 millones; a pesar de ello, se terminó el 2023 bien, es decir, se pudo pagar sueldos y décimos a los trabajadores y algo en planillas”, acotó.
Prevén una recaudación de la tasa vial en un poco más del USD 1 millón, lo cual ayudará en gran medida, ya que la necesidad del mantenimiento rutinario bordea los USD 2 millones anuales hasta lo que ahora tiene el asfalto, pero la cifra incrementará si continúan efectuando más obras.
Por su parte, el transportista Augusto Girón Acaro mencionó que, como lojanos, en su gran mayoría, están dispuestos a ayudar; sin embargo, debería también existir un impuesto a los tráileres de las compañías mineras, porque ellos cada día destruyen la vialidad de la ciudad y provincia. (I)

