
En los primeros seis meses de 2025, la recaudación tributaria en Ecuador, a través del Servicio de Rentas Internas (SRI), ha mostrado un crecimiento significativo, en Loja, llega a los USD 52 millones.
Recursos
Según Jair Mogrovejo Armijos, coordinador zonal 7 del SRI, la zona 7 (Loja, Zamora Chinchipe y El Oro) muestra un incremento del 12% de las ventas en relación al mismo periodo del año anterior y un crecimiento de la meta de un 116% en los primeros 6 meses.
“En este semestre hemos recaudado USD 216 millones en las tres provincias: USD 137 millones El Oro, USD 52 millones en Loja y USD 27 millones en Zamora Chinchipe”, detalló.
Considera que los controles efectuados por la entidad fue clave para la recaudación y serán fortalecidos en el segundo semestre de 2025. Además, los comunicados emitidos a los contribuyentes para que regularicen su situación tributaria, ayudó al propósito de cobro.
Indicó que las capacitaciones de más de 3.100 personas en las tres provincias, de las cuales 1.000 en Loja también les permitió recaudar, por ello, ya empezaron con brigadas en la provincia. Hace algunos días estuvieron en Pindal e irán sucesivamente al resto de cantones con la finalidad de ayudar a las personas que por desconocimiento no pueden cumplir con sus obligaciones.
Norma
Por otro lado, el coordinador zonal 7 señaló que, tras la publicación de la Ley de Integridad Pública, la cual dispone una remisión tributaria que estará vigente hasta el 31 de diciembre del presente año, “es una buena oportunidad para quienes tengan alguna obligación o deuda con la Cartera de Estado y con el paso del tiempo se incrementó, —tendrán la oportunidad de pagar el valor original—”.
Por ejemplo, si un contribuyente tiene una deuda de USD 100 y con el paso del tiempo llegó a USD 200, por este periodo de julio a diciembre podría pagar solo los USD 100.
Multas
Añadió que han ejecutado 1.637 controles de mercancías y 1.389 de transacciones para verificar que los locales entreguen facturas o comprobantes de venta. “Instan a cumplir con las obligaciones, caso contrario pueden ser sancionados con la clausura del establecimiento por 7 días y reincidente 10; aunque en la actualidad también emitimos multas monetarias onerosas para los contribuyentes que no emiten estos documentos”, subrayó.(I).
