
La provincia de Loja nuevamente enfrenta el aumento de incendios forestales que, en lo que va del año, han consumido más de 200 hectáreas de vegetación nativa, dejando a su paso destrucción, fauna muerta y suelos degradados.
Normas
A pesar de la gravedad del problema, siete cantones de la provincia aún no cuentan con ordenanzas específicas para la prevención de incendios forestales: Espíndola, Quilanga, Paltas, Saraguro, Chaguarpamba, Pindal y Zapotillo. Aunque el resto de cantones (Calvas, Gonzanamá, Sozoranga, Catamayo, Celica, Macará, Olmedo, Loja y Puyango) sí han aprobado normativas, estas no están siendo aplicadas con eficacia, lo que agrava la situación.
Los incendios, en su gran mayoría, son provocados por actividades humanas, particularmente por la quema de chacras. El uso irresponsable del fuego en labores agrícolas, sumado a condiciones climáticas como los fuertes vientos ocasiona que las llamas se salgan de control y arrasen con bosques, zonas de cultivo y áreas protegidas, señaló Adalí Jaramillo, coordinador zonal 7 de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.
Espíndola y Gonzanamá
Los cantones más golpeados en las últimas semanas por los incendios son Espíndola con más de 100 hectáreas y Gonzanamá también con la misma dimensión, según información de los cuerpos de bomberos de estas jurisdicciones. En Loja, aunque en menor medida, también se han registrado focos activos.
Las consecuencias son devastadoras: animales silvestres muertos, pérdida de plantas nativas, alteración de ecosistemas y contaminación del aire. Además, la recuperación de las zonas afectadas puede tomar años, agravando la vulnerabilidad ambiental de la provincia.
Sanciones y recomendaciones
Las autoridades recuerdan que provocar incendios forestales es un delito. Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), quienes ocasionen quemas no autorizadas pueden enfrentar sanciones administrativas, multas e incluso penas privativas de libertad si se demuestra dolo o negligencia grave.
Recomiendan a la población evitar cualquier tipo de quema entre los meses de julio y octubre, periodo en que los vientos y la sequedad del terreno aumentan el riesgo de incendios.
También los agricultores coordinen con bomberos o autoridades locales antes de realizar cualquier quema.(I).
Ordenanzas en cantones sobre incendios forestales
| Cantón | Norma |
|---|---|
| Espíndola | No tiene una ordenanza específica contra incendios forestales, pero aplica el Sistema de Alerta Temprana (SAT) con un semáforo de riesgo semanal. |
| Quilanga | No tiene una ordenanza y aplica el Sistema de Alerta Temprana (SAT) con un semáforo de riesgo semanal. |
| Calvas | Ordenanza sobre el ejercicio de la competencia institucional de gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. |
| Gonzanamá | Ordenanza que regula el control y sancionatoria de incendios forestales. |
| Sozoranga | Ordenanza que regula la gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. |
| Catamayo | Ordenanza que regula la gestión de los servicios de prevención, socorro y extinción de incendios. |
| Celica | Reformas a la ordenanza que regula la gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. |
| Macará | Ordenanza sustitutiva de adscripción del Cuerpo de Bomberos al GAD Macará, para el ejercicio de la competencia de gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. |
| Olmedo | Ordenanza que regula la gestión de riesgos y de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. |
| Loja | Ordenanza para el manejo integral del fuego en el cantón. |
| Puyango | Ordenanza que regula la gestión de los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. |
