ILUSTRE MUNICIPIO DEL CANTÓN LOJA
DIRECCIÓN FINANCIERA – JEFATURA MUNICIPAL DE RENTAS – JEFATURA DE COACTIVAS
VISTOS:
En ejercicio de las competencias establecidas en el Código Orgánico Administrativo, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización y normativa tributaria municipal vigente; y, una vez verificado que el sujeto pasivo señor FRANCO ANDRÉS MACHADO PALADINES, portador de la cédula de ciudadanía No. 1100414547, mantiene obligaciones vencidas, líquidas, determinadas y actualmente exigibles a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Loja, mismas que no han sido satisfechas dentro de los plazos concedidos por la Administración Municipal.
Debiendo dejar constancia de que la residencia, domicilio o paradero del referido sujeto pasivo no ha sido posible identificar o determinar por la Administración Municipal, pese a las diligencias efectuadas para su localización y notificación conforme a derecho.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 279 del Código Orgánico Administrativo, que regula la fase de apremio y la orden de pago dentro del procedimiento administrativo de ejecución coactiva;
La Dirección Financiera del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Loja, con intervención de la Jefatura Municipal de Rentas como órgano determinador y la Jefatura de Coactivas como órgano ejecutor,
DISPONE:
PRIMERO. – Emitir el presente AUTO DE PAGO en contra del señor FRANCO ANDRÉS MACHADO PALADINES, con cédula de ciudadanía No. 1100414547, por mantener obligaciones tributarias y no tributarias municipales pendientes de pago, incluidos capital, intereses, multas, recargos y costas administrativas que correspondan, conforme al siguiente detalle:

El valor total pendiente de pago asciende a la suma de USD 77.317,29 (SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECISIETE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 29/100), sin perjuicio de los intereses, recargos y costas que se generen hasta la fecha efectiva de cancelación.
SEGUNDO. – ORDENAR al deudor requerido que, dentro del término legal contado desde la última publicación de la presente notificación por prensa, proceda al pago inmediato de las obligaciones pendientes a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Loja.
TERCERO. – PREVENIR al sujeto pasivo que, de no verificarse el pago dentro del término concedido, se continuará con el procedimiento administrativo de ejecución y las medidas de apremio previstas en la ley, incluyendo embargo, retención, prohibición de enajenar y demás medidas cautelares contempladas en el ordenamiento jurídico vigente, suficientes para garantizar la recuperación de los valores adeudados.
CUARTO. – NOTIFICAR el presente AUTO DE PAGO por la prensa, por tres ocasiones, conforme lo previsto en los artículos 167 y 168 del Código Orgánico Administrativo, en virtud de la imposibilidad de efectuar la notificación personal al sujeto pasivo antes referido.
CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.
Loja, 21 de mayo de 2026.
Mgtr. María Augusta Solano de la Sala Torres
DIRECTORA FINANCIERA DEL MUNICIPIO DE LOJA
