Dirigentes esperan cumplimiento de Acuerdo Ministerial

Entidades públicas deben ofrecer el servicio de guardería a sus trabajadores.

La Ley Orgánica de Derecho al Cuidado otorga un nuevo beneficio a madres y padres de familia en Ecuador que trabajen en el sector público; en Loja, dirigentes sindicales aspiran que garanticen el cumplimiento del beneficio.

Según el Acuerdo Ministerial MDT-2023-085, las instituciones públicas con más de 20 empleados que tengan hijos menores de cinco años deben contar con una guardería para el cuidado de los niños.

 En caso de no disponer de este servicio, el empleador deberá proporcionar una compensación económica. El funcionario público recibirá USD 93 mensuales por cada hijo —como ayuda para cubrir los gastos relacionados—.

Panorama

En la mayoría de instituciones públicas de Loja no existen guarderías para el cuidado de los hijos de los trabajadores o empleados, así lo indicaron para Diario Crónica dirigentes sindicales. Además, coincidieron al mencionar que debe darse seguimiento y garantizar su acatamiento.

Según Fabiola Fajardo Pineda, secretaria del Sindicato de Obreros del Municipio de Loja, “es importante este servicio”.

Aunque el Ayuntamiento local posee guarderías ubicadas en algunos centros de abasto, los trabajadores y empleados “no se benefician de forma gratuita, deben pagar una parte del rubro”.

Según la dirigente, hace algunos años “existía gratuidad, pero luego se suspendió”.

Dijo, además, que el acuerdo es positivo y que debe garantizarse su cumplimiento. “Las guarderías privadas, por lo general, cuestan entre USD 80 y USD 90”.

 Situación

La misma situación se presenta, en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en Loja. Carlos Maldonado Alberca, dirigente del Sindicato de Trabajadores, puntualizó que la entidad “no dispone del servicio de guardería”.

Considera también que sería necesaria su aplicación y cumplimiento “porque hay algunos compañeros que tienen hijos pequeños y que tienen que beneficiarse”.

Según el documento del acuerdo, si el padre y la madre son funcionarios públicos, solo uno de ellos podrá beneficiarse del servicio de guardería o de la compensación económica. (I)

DATO

El funcionario público debe presentar una solicitud a los responsables de Talento Humano, adjuntando el certificado de nacimiento del menor que acredite el parentesco y la edad del niño o niña.