
Loja fue la primera provincia donde se registró la destitución de dos alcaldes por violencia política de género. Exalcaldesa señala que estos casos dejan un precedente para las futuras elecciones.
Circunstancias
La exalcaldesa del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) Municipal de Paltas, Yennifer Nathalia López Córdova, cuando ocupaba el cargo de vicealcaldesa, presentó una denuncia ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) —por violencia política de género— en contra de Jorge Luis Feijoó Valarezo, quien desempeñaba como alcalde en dicho GAD.
Tras las audiencias, los integrantes del TCE, por unanimidad, fallaron a favor Yennifer Nathalia dándole razón; marcando un precedente y convirtiéndose en el primer caso, a escala nacional, de violencia política de género que concluyó en la destitución a un alcalde.
Yennifer Nathalia López Córdova, en diálogo con Diario Crónica, señaló que Loja colocó la equidad de género con la relevancia merecida, porque las dos primeras sentencias: “la de María Salomé Ludeña, del GAD Celica, y de su persona en el GAD Paltas; posterior la de Verónica Saritama, del GAD de Francisco de Orellana, dan muestra que hay que respetar a las mujeres.
“El proceso de María Salomé Ludeña es similar y a la vez distinto, porque al principio no tuvo admisión y al interponer un nuevo recurso fue admitido que concluyó con la destitución del alcalde de Celica, Oswaldo Vicente Román Calero”, dijo.
Precedente
Agregó que estas acciones motivan para seguir adelante y hacen un llamado a las mujeres a que se activen en el tema político, sobre todo en los años venideros, es decir, en las elecciones del 2025 y 2027, donde ya se participa con la equidad del 50% hombres y mujeres.
“Ahora estaremos dentro de las papeletas no solo como concejalas o viceprefectas sino también ser titulares dentro de las participaciones a las alcaldías, prefecturas, presidencias a las juntas parroquiales; además, es un llamado de atención a los partidos políticos para que permitan la participación de las mujeres”, refirió.
Afirmó que estos hitos históricos dan la pauta para que las mujeres sigan preparándose, capacitándose y que principalmente pierdan el miedo para hacer escuchar su voz y demostrar la capacidad que tienen para cambiar el desarrollo de sus pueblos, a través de las entidades.
El caso lo ha presentado a escala nacional en varias conferencias, reuniones y actividades a la que es invitada, sobre temas de género con base en la sentencia.
Propuesta
La exalcaldesa intentó participar en las elecciones seccionales de febrero de 2023, pero le impidieron debido a que no cumplía con el artículo 93, inciso 4, del Código de la Democracia, que menciona que para presentarse como candidata a la reelección debe haber cumplido al menos dos años como alcaldesa al momento de la inscripción de su candidatura.
Yennifer López puntualizó que debido a estos vacíos en la norma está planteando una propuesta de Reforma al Código de la Democracia con los casos y experiencias vividas.
“Hasta que se concrete seguiré caminando en el tema político y preparándome, porque deseo un Paltas con un pensamiento de administración pública distinto y respeto total a los recursos, que permitan mejorar las condiciones de vida de las parroquias”, añadió.
Sanción
El Consejo Nacional Electoral emitió los expedientes con los respectivos títulos de crédito para que las exautoridades destituidas de sus cargos paguen la respectiva sanción, tal como lo establece las normas.
En el caso de Jorge Luis Feijoó Valarezo, alcalde de Paltas, le suspendieron los derechos de participación por un lapso de 2 años y debe cancelar la multa de USD 10.625 más intereses, equivalente a 25 salarios básicos unificados del trabajador en general. Actualmente, el monto total es de USD 11.851,83.
Por su lado, Oswaldo Vicente Román Calero, exalcalde de Celica, también completa la suspensión de los derechos de participación política por el lapso de 2 años, y la multa de USD 8.925, es decir, 21 salarios básicos. A la fecha el valor tal a cancelar es de USD 9.300,87. (I)
Artículo 280 del Código de la Democracia. Violencia política de género, es aquella agresión cometida por una persona o grupo de personas, directa o indirectamente, contra de las mujeres candidatas, militantes, electas, designadas o que ejerzan cargos públicos. Esta violencia se orienta a acortar, suspender, impedir o restringir su accionar o el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o para inducirla u obligarla a que efectúe en contra de su voluntad una acción o incurra en una omisión, incluida la falta de acceso a bienes públicos u otros recursos para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades.
Dato
Jorge Luis Feijoó Valarezo fue destituido el lunes 22 de agosto de 2022; mientras que, Oswaldo Vicente Román Calero, el miércoles 12 de abril de 2023.
