El 8 de noviembre de 2024, el Ministerio del Trabajo sancionó a la vicepresidenta María Verónica Abad Rojas con una suspensión temporal sin salario, debido a un abandono injustificado de sus funciones, conforme al Art. 48 literal b) de la LOSEP.
Abad no se presentó en Ankara, Turquía, antes del 1 de septiembre, como ordenaba el Decreto Ejecutivo No. 353, y llegó el 9 de septiembre sin justificar su retraso, implicando cinco días de ausencia consecutiva en su destino asignado. Durante la audiencia, se estableció que la Presidencia y el Ministerio de Relaciones Exteriores habían facilitado su traslado con notificación previa.
Además, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) impuso una multa de $8,500 por actos de precampaña, en base al art. 278, numeral 7, del Código de la Democracia, señalando que, aunque su conducta no afectó el proceso electoral, era necesario disuadir futuras infracciones.

