El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) aclaró este 12 de julio de 2025 que, a partir del 29 de julio, la presentación del Formulario de Registro Aduanero (FRA) será obligatoria únicamente para quienes ingresen o salgan del país con efectivo, bienes o instrumentos financieros cuyo valor sea igual o superior a USD 10.000.
La medida aplica a viajeros y tripulantes por vía aérea, terrestre o marítima, sin excepción.
El formulario FRA debe completarse en los siguientes casos:
-Dinero en efectivo por USD 10.000 o más (o su equivalente en otra moneda)
-Instrumentos negociables al portador
-Metales o piedras preciosas
-Mercancías sujetas a declaración
Senae hizo esta aclaración ante las dudas ciudadanas y tras un análisis jurídico. La autoridad aduanera reiteró que quienes no superen el umbral de los USD 10.000 no estarán obligados a llenar el formulario.

