
El exdirector administrativo del Cuerpo de Bomberos de Loja, Fredi P. Zh. A., fue sentenciado en primera instancia a 17 años de prisión por peculado en el caso de la compra de motobombas para esta entidad. El proceso de investigación se extendió por casi seis años. El acusado puede apelar el fallo.
Extracto
La denuncia fue presentada en Fiscalía por los exconcejales Ramiro Palacios, Daniel Delgado, Darío Loja y el actual edil Santiago Erráez Ventimilla, en 2020.
El extracto de la resolución refiere que: “El Tribunal de Garantías Penales considera que ha existido una disposición y una distracción arbitraria de fondos públicos por parte del acusado (Fredi P. Zh. A.), quien ha dispuesto de los mismos como si fueran suyos, al no verificar el estado de los vehículos (motobombas), tampoco en constatar en qué consistía la repotenciación que se iba a hacer, no revisar si cumplían con las necesidades e iban a dar un servicio adecuado en la ciudad de Loja. Tampoco se puede atribuir a un error o a un engaño, tal como menciona el abogado y el de más partes del Cuerpo de Bomberos, porque el contrato ha sido revisado, incluso una funcionaria le realizó observaciones al mismo”.
Además, “es una cantidad considerable de USD 190,000 y que además corresponden al Estado ecuatoriano, que como funcionario público tiene la obligación de darles un uso responsable. Todo esto tenía como antecedente que él mismo lo ha manifestado, las donaciones realizadas a los otros municipios cuyo costo ha sido cero. Esta actitud, por parte del acusado, ha perjudicado los dineros de la entidad bomberil y ha beneficiado a un tercero, como lo establece el código, Gonzalo P. C.”.
Este último ciudadano, aunque no era funcionario público, participó y facilitó la comisión del delito (figura de extraneus), firmando un contrato modificatorio para incluir la palabra “repotenciación” cuando los vehículos ya estaban en el país.
Sentencia
Ante estas acciones, el Tribunal considera a los procesados: Gonzalo P. C. y Fredi P. Zh. A. autores directos del delito de peculado, considera que existe la agravante de la participación de dos o más personas, y les impone la pena de 17 años de privación de la libertad y la multa de 60 salarios básicos unificados del trabajador en general.
Como parte del contraste de información Diario Crónica busca la versión del exdirector y su abogado, pero hasta el cierre de la edición no hubo respuesta.(I).
