Autoridades definen su futuro electoral entre licencias y renuncias

Licencia sin sueldo o renuncia: Así aplican las reglas para autoridades que buscan un cargo.

De cara a las elecciones seccionales del 29 de noviembre de 2026, las autoridades que aspiren a participar deberán cumplir diferentes requisitos según su objetivo electoral.

Byron Vivanco, director encargado de la Delegación Provincial del Consejo Nacional Electoral en Loja, detalló a Diario Crónica cómo aplican estas normativas.

Byron Vivanco, director encargado de la Delegación Provincial del Consejo Nacional Electoral en Loja.

Quienes deseen continuar en la misma dignidad, como alcaldes, prefectos, concejales y más, no necesitan renunciar. Solo deben solicitar una licencia sin remuneración durante la campaña electoral, prevista del 12 al 26 de noviembre, y podrán retomar sus funciones al finalizar las votaciones.

Por otro lado, quienes aspiren a una dignidad diferente debieron presentar su renuncia antes de la inscripción de candidaturas, cuyo plazo cerró el pasado 17 de agosto, conforme al artículo 93 del Código de la Democracia. Un caso práctico ocurrió en Catamayo, donde Rommel Durán renunció a su concejalía para buscar la alcaldía, motivando que el Concejo Municipal designara por unanimidad a Francisco Hidalgo como nuevo vicealcalde.

Asimismo, las reglas varían según el régimen laboral. Los servidores de carrera bajo la Ley Orgánica del Servicio Público deben pedir licencia sin remuneración, mientras que los amparados por el Código del Trabajo acceden a una comisión de servicios sin sueldo. Por su parte, los funcionarios con nombramiento provisional o de libre remoción están obligados a renunciar.