El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ha ratificado la sanción impuesta al alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, por violencia política de género, luego de que este se refiriera a la asambleísta Lucía Jaramillo como «niña vaga». El TCE confirmó este miércoles, 19 de febrero, la multa de USD 9.660, equivalente a 21 salarios básicos unificados en el momento de la infracción. Esta cantidad deberá ser pagada en un plazo de seis meses al Consejo Nacional Electoral, que advirtió que, en caso de incumplimiento, se procederá con el cobro por la vía coactiva.
Además, el TCE ordenó que Álvarez elimine una publicación de su cuenta de X (anteriormente Twitter), en la que, el 16 de julio de 2024, calificó a la asambleísta como «niña vaga y vocera turra del Gobierno que no sabe de combustibles». También deberá ofrecer disculpas públicas a Jaramillo a través de la misma red social, con un mensaje que permanecerá fijado en su perfil durante 30 días. El texto deberá ser el siguiente:
«En cumplimiento de la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral en la causa 164024, ofrezco disculpas públicas a la abogada Lucía Jaramillo Zurita por el mensaje publicado el 16 de junio de 2024. Me comprometo a abstenerme de emitir comentarios que vulneren derechos o fomenten la violencia política de género. Promoveré la equidad, la igualdad y el respeto por la democracia.»
Álvarez también deberá asistir, en un plazo de 60 días, a un curso de sensibilización sobre violencia de género con una duración mínima de 21 horas. Finalmente, la sentencia exige la publicación del fallo en el sitio web del Municipio de Guayaquil durante 30 días.
La resolución fue aprobada con cuatro votos a favor, siendo el único en contra el juez Richard González, quien objetó el texto elaborado por su colega, Joaquín Viteri. El TCE recordó que el incumplimiento de esta sentencia constituiría una infracción electoral grave, lo que podría derivar en la destitución del cargo.
En sus fundamentos, la sentencia señala que el argumento de que las expresiones utilizadas formaban parte de un lenguaje personal y cultural de Álvarez no puede ser aceptado como justificación. Además, el uso de la palabra «niña» para referirse a una mujer adulta tiene un impacto negativo en la percepción pública y contribuye a perpetuar estereotipos de género. El tribunal destaca que este término no es casual ni inocente, pues implica una infantilización que resta autonomía y madurez a las mujeres, y refuerza la idea de que su participación en la política es limitada o incapaz.
La resolución resalta que el mensaje difundido por Álvarez, basado en estereotipos de género, transmitió una relación de dominación, desigualdad y discriminación contra Jaramillo, dañando su imagen pública y constituyendo una infracción grave por violencia política de género.

