¡La nueva Ley de Tránsito!

César Eduardo BRICEÑO TOLEDO

cbricenot@hotmail.com

La nueva Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial en Ecuador, está vigente desde el 30 de septiembre de 2026. Al fin, se considera a la seguridad vial como un problema de Estado; debido al sinnúmero de fallecidos, lesionados por siniestros de tránsito; con un costo millonario para el erario nacional. Estimaron que era imperativo fortalecer el control vehicular, la formación de conductores, la protección de usuarios vulnerables y la prevención de accidentes fatales.

Entre los principales temas están los fotorradares, que recuperan su carácter preventivo y que los puntos de control deberán estar señalizados al menos 500 metros antes porque anteriormente se establecieron con criterios recaudatorios abusivos;  que se refuercen los controles sobre las condiciones mecánicas de los vehículos; sistemas de retención infantil (sillas para auto); las auditorías de seguridad vial y la protección prioritaria a peatones y ciclistas; anulación de multas sin competencia, que garantiza el derecho de la ciudadanía a realizar sus trámites con total normalidad; creación de un dispositivo electrónico de identificación vehicular, conocido como tercera placa; revisión Técnica Vehicular (RTV) aprobada en cualquier centro del país será válida a nivel nacional, que anteriormente se creían irremplazables; mayor supervisión a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) por la ANT; regulación de delivery y nuevas modalidades para la actividad de entrega de bienes a domicilio, porque los delincuentes hicieron de las suyas;  regulación de motocicletas, tricimotos y nuevas modalidades eléctricas. Particularmente quienes manejan bicicletas, que no respetan ni a la Ley, peor contar obligatoriamente con elementos de iluminación, señalización acústica y un sistema de frenado eficiente. La ley prioriza al caminante y establece restricciones para que estos vehículos no circulen por autopistas, vías perimetrales ni en la Red Vial Estatal. La ANT podrá delegar la emisión de licencias de conducir al Registro Civil; tarifas y rutas con sustento técnico: La fijación de pasajes, rutas y frecuencias se realizará mediante metodologías y estudios que determinen las necesidades reales de transporte.

Algo perturbador que incomoda y afecta a la salud ciudadana, es el ruido, que de manera irresponsable determinados conductores y motociclistas, mediante ensordecedores tubos de escape, circulan en la ciudad, sin a nadie le importe un comino. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), el nivel de ruido normal y saludable para el oído humano en ambientes urbanos no debe superar los 55 decibeles (dB) durante el día. Es hora que los organismos responsables como los GADS, la Secretaría de Ambiente o las Agencias de Tránsito, tomen cartas sobre el asunto; a fin de frenar esta clase de desmanes que atetan a la salud colectiva.