Cerrada la frontera lojana

Alfredo Suquilanda V.

Ante el incomprensible cierre de la frontera lojana con el hermano pueblo peruano, me permito recordar las siguientes disposiciones jurídicas, que lastimosamente son letra muerta: la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 249, dispone: los cantones cuyos territorios se encuentren total o parcialmente dentro de una franja fronteriza de cuarenta kilómetros, recibirán atención preferencial para afianzar una cultura de paz y el desarrollo socioeconómico, mediante políticas integrales que precautelen la soberanía, biodiversidad natural e interculturalidad. La ley regulará y garantizará la aplicación de estos derechos.

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