
Tres años y cuatro meses de prisión fue la sentencia que recibió el cabo segundo de la Policía Santiago Olmedo. El uniformado fue condenado por el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio, cuando en junio de 2021 abatió a dos delincuentes que asaltaban a un menor de edad, en Riobamba.
Versiones
Abogados en libre ejercicio tienen criterios diferentes por la sentencia del policía Santiago Olmedo; unos señalan que se extralimitó en sus funciones, mientras que, otros indican que es un golpe para la institución de seguridad y provocará una indefensión en la ciudadanía.
El jurista Galo Ortega Criollo mencionó que el tema que ha generado una reacción social debe esclarecerse en el ámbito judicial. La sentencia es de primer nivel, es decir, el uniformado tiene dos instancias: la apelación y casación.
“Hay que entender que un policía por más que este armado e interviene en un acto delictivo no puede hacer uso de forma desproporcionada su arma de fuego; en este caso, Fiscalía y los jueces determinaron que hubo un uso desproporcionado de la fuerza que resultó en la muerte de los presuntos delincuentes”.
Agregó que “vivimos en un país donde lo principal es la seguridad jurídica y es justamente eso cuando los jueces sentenciaron al gendarme porque se extralimitó en sus funciones. La gente debe tener calma, confiar en la función judicial y entender que la Policía Nacional esta para proteger y no para matar usando excesivamente la fuerza”.
El abogado en libre ejercicio, Iván Roldán Rogel, indicó que la Policía Nacional en el marco de sus funciones para defender a la ciudadanía y sobre todo conociendo el cometimiento de un delito grave, el uniformado actuó en defensa del adolescente que era asaltado.
“Ante esta acción, considero que la sentencia es desproporcionada porque el policía estuvo en el ejercicio de sus funciones de defender a la ciudadanía de un delito; e, inoportuna debido a que coloca un mensaje para que los gendarmes limiten su acciones, por ello, es que en la mayoría de emergencias los uniformados se abstienen de participar de forma inmediata por el temor a ser enjuiciados o perder la vida”.
Un oficial de la Policía Nacional enfatizó que su colega está cumpliendo con el deber que siempre les inculcan defender a la ciudadanía. “Esta sentencia deja un mal sabor porque debemos limitar nuestro accionar por el temor a ser enjuiciados; sin embargo, espera que este fallo no sea un mensaje para que los delincuentes puedan hacer lo que deseen”.(I).
Dato
La sentencia contra el uniformado se dio la mañana del miércoles 19 de enero de 2022.
