
La normativa vigente regula la integración del órgano legislativo cantonal, el sistema de alternos se activa ante ausencias de los concejales principales por vacaciones o salud. Además, del rol clave del Procurador Síndico en la legalidad de las decisiones de los ediles.
Circunstancias
La secretaria del Concejo Municipal de Loja, Guissella Domínguez Lavanda, detalló en exclusiva a Diario Crónica la estructura y funcionamiento del organismo legislativo cantonal, así como los procedimientos aplicados ante la ausencia de sus integrantes.
“El Concejo Municipal está conformado por la alcaldesa o el alcalde, junto a la vicealcaldesa o el vicealcalde, en cumplimiento del principio de paridad establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad). En el caso de Loja, a este cuerpo colegiado pertenecen once concejales elegidos por votación popular: nueve representantes urbanos y dos del sector rural. La secretaría del Concejo forma parte de esta estructura, designada por los propios ediles”, dijo.
En ese contexto, las ausencias dentro del organismo responden principalmente a dos causas: periodos de vacaciones o situaciones de salud debidamente justificadas con certificados médicos avalados por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). La normativa vigente, contemplada en la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), establece la obligatoriedad del uso de vacaciones y prohíbe la acumulación superior a 60 días.
Ante la falta temporal de un concejal, la normativa dispone la convocatoria de su alterno. En caso de imposibilidad del primero, corresponde contactar al siguiente en orden de la lista electoral, conforme al registro emitido por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Por ejemplo, la semana pasada sucedió un caso, el principal es el edil Polibio Ernán Vélez Cabrera y su alterna es Anahí Lisseth Mora Castillo, está última no pudo asistir y asumió el segundo alterno que fue Luis Andrés Carrillo Riofrío.
Recordó que el procedimiento exige la presentación de la excusa formal del alterno inmediato para habilitar la convocatoria del siguiente. Este mecanismo garantiza la continuidad de las funciones legislativas, incluso frente a situaciones como compromisos laborales o desplazamientos fuera de la ciudad o del país.
Rol del Procurador Síndico
En el ámbito normativo, en sesiones anteriores, el edil Pablo Carrión Jaramillo sugirió reforzar el control legal previo a la aprobación de ordenanzas mediante la intervención del Procurador Síndico municipal.
Esta autoridad cumple funciones de asesoría jurídica al Concejo Cantonal, a la alcaldía y a las dependencias administrativas, con el objetivo de asegurar que resoluciones y disposiciones se ajusten al marco constitucional y legal vigente. Entre sus atribuciones constan la revisión de proyectos de ordenanzas, reglamentos y acuerdos; la emisión de dictámenes legales; la representación judicial del Municipio junto a la máxima autoridad; así como el patrocinio en procesos judiciales, administrativos y tributarios. También participa en la revisión de contratos y convenios, además de la elaboración de informes de gestión y rendición de cuentas.
Domínguez Lavanda subrayó que, pese a la relevancia de este control jurídico, el Concejo Municipal mantiene la facultad de aprobar normativa sin observaciones del Procurador Síndico. Esta decisión implica responsabilidad administrativa directa para cada integrante del cuerpo colegiado.(I).
| Nº | Cargo | Nombre | Tipo | Título |
|---|---|---|---|---|
| 1 | Concejal | Lenin Gabriel Cuenca Mendieta | Principal | Ingeniero |
| Concejal | Gloria Yomaira Cuenca Carrión | Suplente | Ingeniera | |
| 2 | Concejal | Adálber Fabián Gaona Gahona | Principal | Licenciado |
| Concejal | Marlene Esperanza Abendaño Betancourt | Suplente | — | |
| 3 | Concejal | Pablo Aníbal Quiñónez Riofrío | Principal | Economista y Máster |
| Concejal | Rossemary Elizabeth Sanmartín Morocho | Suplente | Ingeniería | |
| 4 | Concejal | Iván Ludeña Astudillo | Principal | Doctor |
| Concejal | Yoly del Carmen Castillo Ochoa | Suplente | — | |
| 5 | Concejal | Yuri Fernando Yaguana Jaramillo | Principal | Arquitecto |
| Concejal | Verónica Elizabeth Calva Calva | Suplente | Ingeniera | |
| 6 | Concejal | Edwin Miguel Castillo | Principal | Abogado |
| Concejal | Lolita Maribel Silva Guamán | Suplente | Licenciada | |
| 7 | Concejal | Polibio Ernán Vélez Cabrera | Principal | Doctor |
| Concejal | Anahí Lisseth Mora Castillo | Suplente | — | |
| 8 | Concejal | Pablo Aníbal Carrión Jaramillo | Principal | Doctor |
| Concejal | Karina Mabel Correa Granda | Suplente | Arquitecta | |
| 9 | Concejal | John Esteban Espinosa Villacrés | Principal | Abogado |
| Concejal | Esther Patricia Villacís Samaniego | Suplente | — | |
| 10 | Concejal | Jorge Isidro Patiño Jadán | Principal | Tecnólogo |
| — | No tiene alterno | — | — | |
| 11 | Concejal | Santiago Alexander Erráez Veintimilla | Principal | Licenciado |
| Concejal | Silvia Paola Duque Yaguache | Suplente | Máster |
