Antonio C. Maldonado V.
No sabemos los ecuatorianos si, como se ha hecho costumbre, para demostrar la transparencia del proceso y evitar la pérdida de tiempo, el concurso para seleccionar a los aspirantes a magistrados de la nueva Corte Nacional de Justicia (CNJ) será realmente necesario y eficaz. Al momento, la CNJ presta sus servicios de manera parcial, pues debería estar integrada por 21 jueces titulares, según lo establecido en la Constitución; sin embargo, actualmente opera solo con 10 jueces titulares. El resto de las vacantes se cubre temporalmente con conjueces o jueces provinciales, según las necesidades institucionales.
El artículo 182 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “La Corte Nacional de Justicia estará integrada por 21 juezas y jueces, organizados en salas especializadas y designados para un período de nueve años; no podrán ser reelectos y se renovarán por tercios cada tres años”.
Según algunos informes que se han dado a conocer sobre este tema, la convocatoria contempla ocho etapas: convocatoria, postulación, méritos, examen de confianza, prueba psicológica, impugnación ciudadana, oposición y audiencia pública.
Asimismo, en la fase de méritos se otorgará un total de 50 puntos, distribuidos de la siguiente manera: formación académica, 20 puntos; experiencia laboral, 24 puntos; capacitación recibida, 1 punto; capacitación impartida, 2 puntos; y publicaciones, 3 puntos. Los postulantes deberán obtener un mínimo de 30 puntos en esta etapa para poder continuar en el proceso. En la fase de oposición, la prueba teórica constará de 100 preguntas seleccionadas de forma aleatoria de un banco de 2.000 preguntas y tendrá un valor de 20 puntos, mientras que la prueba práctica será calificada sobre 30 puntos. De acuerdo con el Reglamento elaborado por el Consejo de la Judicatura, los postulantes deberán cumplir los siguientes requisitos generales: no registrar suspensión para el ejercicio de funciones en el sector público o privado; cumplir con los requisitos de formación académica y experiencia específica en la especialidad de la sala a la que postulan; y no tener inhabilidades o prohibiciones para ejercer cargos en el servicio público ni en la Función Judicial. Como requisitos específicos deberán ser ecuatorianos, estar en goce de los derechos de participación política, contar con título de abogado y haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogado, la judicatura o la docencia universitaria durante un mínimo de diez años.
Esperamos que la desconfianza y las dudas sobre este concurso, que tienen raíces muy antiguas y se han visto fortalecidas por los procesos fallidos de los años 2023 y 2024, puedan finalmente disiparse con un procedimiento transparente y apegado a la ley.
