
El Cabildo aprobó —el 27 de diciembre de 2024— la Ordenanza 0066-2024 que regula y controla el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y el funcionamiento de establecimientos nocturnos en el cantón Loja. Entre los requisitos para emitir el permiso consta un certificado de conflictividad; también se prohíbe personas impulsadoras en el exterior de estos negocios.
Circunstancias
La normativa —tras la aprobación— ya se encuentra publicada y está en vigencia, por ello, las diferentes entidades que conforman el Concejo Cantonal de Seguridad la analizaron para iniciar los operativos, en base a la nueva Ordenanza.
El director de Seguridad Ciudadana y Control Público, Fernando Villagómez Arévalo, señaló que los requisitos para el permiso de funcionamiento siguen siendo los mismos, solo agregaron uno más: certificado de análisis de conflictividad.
“Este documento determinará a través de datos del ECU-911, Policía Nacional, Intendencia y comisarías; cuáles son los índices de criminalidad, violencia, vandalismo, desorden público y agresiones en el sector en que solicitan el permiso. La entidad encargada de emitirlo será el Concejo Cantonal de Seguridad, luego de una inspección”, dijo.
Sanciones
En ese ámbito, Darío Córdova Córdova, comisario de Higiene del Ayuntamiento local, señaló que la actual normativa establece sanciones a los establecimientos que no cumplan con la misma, por ejemplo, falta leve 25% de un salario básico unificado del trabajador (SBUT= USD 470) que equivale a USD 117,5; grave, 50% (USD 235) y suspensión de la actividad económica por 8 días; y, muy grave, 100% y la suspensión de la actividad económica por 15 días. Y, si reincide en la tercera será clausurado definitivamente o le retiran el permiso de funcionamiento. Asimismo, el incumplimiento —por segunda vez— del horario de funcionamiento será motivo de clausura del establecimiento.
Recordó que las escotillas en los negocios, para atener fuera del horario de funcionamiento —que van desde las 14h00 hasta las 01h00—, está prohibido. “El nuevo horario fue anclado a los emitidos por el Ministerio de Gobierno y Turismo”, resaltó.
El funcionario añadió que, además, la presencia de personas impulsadoras de los negocios, quienes se ubican en el espacio público para captar clientes y vender las bebidas alcohólicas, entra en las prohibiciones. “Las veredas o calles son de uso exclusivo de la ciudadanía”, afirmó.
Permiso
En otro punto, la Ordenanza otorgará los permisos de funcionamiento a los establecimientos comerciales que hayan estado funcionando antes de la aprobación de la ordenanza 09-2013, pero para el mismo giro de negocio; caso contrario será negado. (I)
Dato
Estiman que en Loja existen alrededor de 80 licoreras.
