Judicaturas especializadas en materia constitucional

Santiago Armijos Valdivieso

Es una verdad de Perogrullo que los abusos de las acciones constitucionales han puesto en jaque al débil Estado de Derecho ecuatoriano. Es sabido los excesos que algunos jueces, de primer y segundo nivel, sin conocimientos de especialización constitucional, han cometido en acciones de protección, hábeas corpus y hábeas data, generando no solo caos jurídico sino alarma e impotencia social.

Sin duda, la falta de conocimiento especializado en materia constitucional no fue la única causa para la proliferación de este tipo de insólitas resoluciones, pues, la corrupción y el afán del dinero fácil también han estado presentes a la hora de tomar esas escandalosas resoluciones “constitucionales”. Eso está claro, pero para empezar a enmendar las cosas debemos aspirar a que, al igual que lo que sucede en otras materias como la civil, penal, laboral, tributaria, administrativa, familiar, los asuntos constitucionales sean conocidos y resueltos por jueces especializados en esa materia.   

Precisamente, esa falta de especialidad constitucional de los jueces, de los primeros niveles, ha generado que acciones como la de protección (cuyo objeto es el amparo directo de los derechos constitucionales vulnerados) y de hábeas corpus (cuyo objeto es recuperar la libertad de quien se encuentre privado de la misma de forma ilegal, arbitraria o ilegítima) sean resueltas injurídicamente por algún juez cantonal causando impunidad, abuso del derecho y tropelías políticas; desnaturalizando de esta manera, estas valiosas y sagradas herramientas constitucionales que deben existir para evitar el abuso del poder. Escandalosos ejemplos de aquello han salido a la luz, en los que politiqueros imponen sus intereses y peligrosos delincuentes eluden las leyes y sentencias.

De ahí, la necesidad de apoyar, con un SÍ rotundo, la pregunta 2 del referéndum por enmienda a la Constitución de la República que ha sido convocado para el 21 de abril de 2024, en la cual se preguntará a la ciudadanía lo siguiente: ¿Está usted de acuerdo con el establecimiento de judicaturas especializadas en materia constitucional, tanto en primera como en segunda instancia, para el conocimiento de las garantías jurisdiccionales que les corresponda, enmendando la Constitución y reformando la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, de acuerdo con el Anexo 2?

De no hacerlo, la agresión al Estado de Derecho seguirá creciendo a niveles caóticos, en los que la distorsión de las acciones constitucional, seguirán siendo, en muchos casos, una mera trampa política al servicio de la impunidad.