Campos Ortega Romero
El nacimiento del Día Mundial del Consumidor, se asigna al 15 de marzo de 1983 que celebró por primera vez el Día Mundial de los Derechos del Consumidor, coincidiendo con el aniversario del discurso que veinte años atrás, en 1963, pronunció el presidente americano John F. Kennedy donde por primera vez se ofrecía una visión acerca de los derechos de los consumidores. Su famosa frase “Consumers by definition, include us all” (consumidores, por definición, nos incluye a todos) sirvió como precedente y sentó las bases para comenzar a trabajar de manera más formal sobre algunos de los principios y derechos de los consumidores.
En 1985, dos años después de la celebración de ese primer día, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), aprobó una serie de directrices para garantizar la protección de los consumidores y animar a los gobiernos a establecer, en función de sus circunstancias económicas, sociales, ecológicas y las necesidades de su población, sus prioridades para la garantía de estos derechos.
De acuerdo a lo establecido en el Consejo de las Naciones Unidas, todos los ciudadanos del mundo tienen derecho a: elegir a recibir educación para así poder realizar elecciones correctas de bienes y servicios, a la adquisión de productos y servicios competitivos. a satisfacer todas sus necesidades básicas, a estar informados sobre todo lo que acontece en el mundo, a ser compensados, a ser escuchados, a vivir y disfrutar de un medio ambiente más saludable y sustentable y el derecho a la seguridad. Todo esto para la protección de los consumidores frente a los riesgos para su salud, la promoción de sus intereses económicos, la garantía de acceso a una información adecuada que les permita hacer elecciones bien fundadas conforme a sus deseos, o la libertad para constituir organizaciones de consumo, fueron algunos de los principios generales que incluía esta declaración. Como contraparte se hace urgente y necesario un consumo responsable para un planeta sostenible.
Para que tengamos un planeta cien por ciento sostenible, es necesario un consumo responsable, que no vaya en detrimento del medioambiente y donde se pueda seguir teniendo una mejor calidad de vida. A pesar de ser una de nuestras necesidades básicas, donde es necesario adquirir alimentos, vestimentas, educación, salud y otros beneficios, tenemos que aprender y hacer un uso racional de nuestros recursos naturales.
De acuerdo a las cifras establecidas por la ONU, tan sólo un 20% de la población consume un 80% de los recursos que hay en todo el planeta. En este sentido, urge un cambio de conciencia por parte de la sociedad, si queremos seguir disfrutando a largo plazo un desarrollo económico, social y ambiental sostenible, para las nuevas generaciones.
Les recordamos que usted como consumidor, en nuestro País, tiene derecho a la protección frente a las actuaciones que por acción u omisión ocasionen riesgos o daños que puedan afectar a su salud, al medio ambiente, a su seguridad en general, a recibir una información veraz, suficiente, comprensible, inequívoca y racional sobre las operaciones y sobre los bienes y servicios que vaya a consumir. Recuerde que la oferta y publicidad de los productos no pueden inducir o generar engaño, que los precios y tarifas siempre deben quedar claros, que las condiciones de la compra o del contrato no pueden incluir cláusulas abusivas, y que deben entregarle una factura.
A presentar una queja en el caso de que considere que la compra de un producto o la contratación de un servicio ha sido insatisfactorio. Con ello muestra su desagrado ante la empresa pero no solicita algo a cambio. A presentar una reclamación si en la compra de un bien o producto o la contratación de un servicio cree que se han vulnerado sus derechos. Implica que pida una restitución, la prestación de un servicio, la reparación efectiva de los daños que se hayan producido, una indemnización, la rescisión del contrato o la nulidad de una deuda contraída.
Al presentar una denuncia si quiere hacer llegar a la administración una posible infracción en materia de consumo, con el objetivo de defender los intereses generales, no individuales. A ser indemnizado o a recibir una reparación efectiva de los daños y perjuicios que se hayan producido en los bienes consumidos o en los derechos vulnerados, siempre que no sean su responsabilidad. Tanto la mediación como el sistema arbitral de consumo intentan la resolución voluntaria de los conflictos, aunque si finalmente no hay acuerdo puede acudir a los tribunales de justicia.
A la educación y formación en relación con todas las materias que puedan afectarle como consumidor, especialmente en aquellas que le ayuden a ejercer un consumo libre, razonado, seguro y sostenible. A participar individualmente o a través del movimiento asociativo, en la defensa de sus legítimos intereses, ante los órganos de defensa del consumidor. Así sea.
