Juicio No. 11335-2023-00475

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN CALVAS, PROVINCIA DE LOJA. Calvas, jueves 1 de febrero del 2024, a las 11h58.

UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN CALVAS PROVINCIA DE LOJA

EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL

Cité con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales a los herederos desconocidos, y presuntos del extinto + ROQUE ARMANDO ALVARADO MERINO, que en extracto es como sigue:

ACTORES:YOHANA PAULINA GONZALEZ MORENO
DEMANDADOS:Herederos desconocidos, y presuntos del extinto + ROQUE ARMANDO ALVARADO MERINO
OBJETO DE LA DEMANDA:DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO
TRÁMITE:ORDINARIO
CUANTÍA:INDETERMINADA
JUICIO:11335-2023-00475
JUEZ:DRA. LETHY KRUPSKAYA PACCHA SOTO

AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE.- UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN CALVAS, PROVINCIA DE LOJA. Calvas, martes 16 de enero del 2024, a las 08h43. VISTOS.- Una vez que se ha dado cumplimiento a la providencia de fecha 28 de noviembre del 2023, y en lo principal la demanda que antecede presentada por Yohana Paulina González Moreno, en contra de los niños Ariana Rosmery Alvarado González, Luis Armando Alvarado González y Juliana Cataleya Alvarado González, en la persona de su Curador Especial señora América Liliana Rojas Jiménez, es clara, completa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que se la califica y admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO que corresponde. Se ordena la citación de los demandados en la persona de su Curadora antes señalada, en el domicilio señalado en el escrito de demanda, para lo cual se adjuntará copia de la demanda, de los documentos adjuntos y este auto inicial, para lo cual pase a la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial. Cítese a los herederos conocidos y presuntos mediante uno de los diarios de mayor circulación de la Provincia de El Oro y Loja, conforme a lo previsto en el Art. 56 numeral y Art. 58 del Código Orgánico General de Procesos, elabórese por secretaria el extracto respectivo. Se concede a los demandados el término de TREINTA DÍAS para que contesten la demanda en la forma establecida en el Art. 151 del mismo cuerpo normativo. b) Agréguese la documentación aparejada a la demanda y téngase en cuenta el anuncio de prueba que realiza, el mismo que se resolverá en el momento procesal oportuno. Tómese en cuenta el casillero judicial señalado y correo electrónico señalado. Cítese y notifíquese.

Cariamanga 01 de febrero del 2024.

MUÑOZ MONTERO NADEGDA DEL ROSARIO

SECRETARIO (E)

F. 4432