
Plantean reducir las horas en la denominada Ley Seca, norma que rige antes y después de las elecciones. La propuesta generó debate entre autoridades, juristas y representantes del sector nocturno.
Circunstancias
El presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen, expuso que la aplicación actual de la “Ley Seca” provoca pérdidas millonarias en el sector de bares y restaurantes. Su postura acompaña una propuesta legislativa orientada a modificar el artículo 123 del Código de la Democracia, que define las restricciones sobre la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas durante los procesos electorales.
La normativa vigente prohíbe estas actividades desde 36 horas antes del inicio de la jornada electoral y hasta 12 horas después de su cierre. Sin embargo, la propuesta de reforma plantea una reducción significativa de este periodo, estableciendo la prohibición durante las 12 horas previas al inicio oficial de la votación y las 6 horas posteriores al cierre.
Para el abogado en libre ejercicio Iván Roldán Rogel, la iniciativa carece de una trascendencia real en el país, ya que, según afirma, la debilidad en el cumplimiento de la norma ha permitido que existan sanciones aisladas y que la carga judicial aumente sin resultados efectivos.
“La ciudadanía acepta la restricción como un mecanismo democrático para evitar desórdenes, aunque cuestionó su eficacia debido a la falta de aplicación por parte de autoridades”, afirmó.
En contraste, el gremio de bares, discotecas y licorerías respalda la reducción de horas. Sebastián Acaro, propietario de una licorería, destacó que los días jueves y viernes representan los mayores ingresos del sector, por lo que los cierres obligatorios generan pérdidas considerables.
“No buscamos fomentar el consumo irresponsable ni que ciudadanos bajo efectos del alcohol acudan a sufragar, pues para ello existe el control de la fuerza pública. Su preocupación principal, señaló, es el impacto económico que enfrentan cada vez que se convocan procesos electorales en un mismo año”, acotó.
La discusión reabre el debate entre la necesidad de resguardar el orden público y la importancia de proteger la economía de un sector que considera injusto cargar con los efectos de la normativa actual. El proyecto será analizado en las próximas sesiones legislativas.(I).
El incumplimiento de la Ley Seca en el Ecuador está sancionado con una multa equivalente al 50% del Salario Básico Unificado, lo que representa USD 235, según el artículo 291 del Código de la Democracia.
La infracción se suma a las acciones administrativas que pueden aplicarse a locales comerciales durante el periodo electoral, es decir, clausura y multa económica.
