Zamora Chinchipe. Este martes 23 de diciembre de 2025, el Juez del Tribunal de Garantías Penales, con sede en el cantón Zamora, una vez reanudada la audiencia de juicio oral y reservada en contra del ciudadano Humberto Enrique G.U., de nacionalidad extranjera, por el delito de asesinato en contra de un servidor policial en servicio activo, hecho ocurrido el pasado 25 de marzo de 2025 en el barrio Isimanchi, del cantón Chinchipe, provincia Zamora Chinchipe.
Durante el desarrollo de la diligencia de audiencia, con los respectivos elementos de convicción, mediante pericias técnico-científicas, se logró obtener los elementos suficientes que permitieron avanzar en las investigaciones para esclarecer los hechos dentro del proceso judicial en coordinación con la Fiscalía y Juez.
La audiencia en primera instancia se desarrolló el 17 y 18 de diciembre de 2025; reanudándose el 23 de este mes, donde la autoridad judicial de conformidad a lo tipificado en el Artículo 140, Inciso 1, numeral 2 del COIP (Código Orgánico Integral Penal), que refiere a los delitos contra los derechos de libertad y contra la inviolabilidad de la vida.
El Juez resolvió determinar la culpabilidad del procesado Humberto G.U., como autor del delito de asesinato tipificado en los numerales 2, 6 y 7 del artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con la agravante establecida en el artículo 47, numeral 2 y 7 del mismo cuerpo legal (ibídem), por lo que impuso la pena privativa de libertad de cuarenta años, así como una reparación integral equivalente a ochocientos salarios básicos unificados, a favor de los familiares.
Dato
Tras el asesinato del Cabo Segundo de Policía, Cristian Paccha Colala, el personal de la Unidad de Mantenimiento del Orden de la Subzona Loja (UMO), se activó, dirigiéndose a puntos estratégicos, enfocándose en las distintas rutas que unen las provincias de Loja y Zamora Chinchipe, por donde podría movilizarse el sospechoso.
Luego de dos días de intensa búsqueda y persecución ininterrumpida, lograron capturar en la Y de Yangana, del cantón Loja, al ciudadano causante del asesinato, el mismo que fue trasladado bajo el resguardo respectivo y el respeto irrestricto a los derechos humanos.

