COAC Cariamanga retomó operaciones y SEPS emitió disculpas públicas

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La Cooperativa de Ahorro y Crédito (COAC) Cariamanga, acantonada en Calvas, retomó sus operaciones, luego que un juez de la parroquia Quitumbe, provincia de Pichincha, dejó sin efecto las resoluciones mediante la cual la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) ordenó su liquidación forzosa. Hubo disculpas públicas del Estado.

Caso

Mediante la Resolución No. SEPS-IGT-IGJ-INFMR-INSESF-2026-0044, expedida el 24 de marzo de 2026, documento firmado por el Intendente General Técnico, Freddy Alfonso Monge Muñoz de la SEPS, determinaba el cierre definitivo de la entidad financiera, así como la revocatoria de todas sus autorizaciones para operar dentro del sistema financiero popular y solidario.

La medida, según la SEPS, se dio porque la cooperativa incurrió en causales legales que obligan a su disolución y liquidación inmediata, entre estas la no entrega de información para una inspección In Situ, pese a las reiteradas solicitudes.

Ante estas circunstancias, Christian Guillermo Paredes Vazcones, presentó una acción de protección y determinó que había la vulneración de sus derechos constitucionales tanto del accionante y de la entidad. Además, no fue notificada oportunamente con el informe de auditoría, el cual establecía un supuesto alto riesgo en las operaciones.

El juez tras el análisis, en la sentencia dispone el restablecimiento de sus actividades y medidas de reparación a favor de sus socios con el propósito de garantizar la protección de los depósitos y ahorros. También solicita que se tome todas las acciones para el normal desenvolvimiento de las operaciones, incluyendo notificaciones al Servicio de Rentas Internas (SRI), la Superintendencia de Bancos y otras entidades competentes.

Disculpas

En ese ámbito, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, en cumplimiento de la orden judicial, “ofrece disculpas públicas a los socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cariamanga Ltda., en especial al señor Christian Guillermo Paredes Vazcones, por la vulneración de derechos constitucionales ocurrida durante el proceso que dispuso la liquidación forzosa de la entidad, sin garantizarles la seguridad jurídica, el debido proceso y el derecho a la defensa”.(I).