Los derechos humanos. Parte 8

Derecho a un nivel de vida adecuado.

Esteban Sarmiento Jaramillo

Continuando el análisis sobre la Declaración Universal de los Derechos Humanos, creo que es super necesario, realizar uno, sobre aquel principio crucial que se encuentran establecidos en la Carta aceptada por la mayoría de los países del planeta.

Y es que el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclama un principio básico, pero además crucial: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

El derecho inherente de toda persona a un nivel de vida adecuado, que garantice para sí, para su familia y su entorno: la salud, la alimentación, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales indispensables, que muy a menudo son anegados por circunstancias que se deben eliminar de raíz y desde el principio. Este precepto, a pesar de su importancia, enfrenta desafíos colosales en la realidad contemporánea, por ejemplo, cuando el Estado y los medios de comunicación se confabulan para restar paz y tranquilidad a un ser humano y a su familia.

En un mundo marcado por la opulencia y la carencia simultánea, este apartado adquiere una relevancia abrumadora. Es un llamado a la faena, una invitación a la protección y una reivindicación de justicia social. Abarca un espectro amplio de necesidades humanas fundamentales, desde el acceso a servicios médicos básicos hasta la provisión de un techo seguro, bajo el cual cada individuo y su familia puedan vivir dignamente y por su puesto a existir en paz, sin injerencia en su vida privada.

Sin embargo, la cruda realidad muestra un panorama de desigualdades profundas. Numerosas personas carecen de viviendas adecuadas, se enfrentan al hambre y luchan por obtener servicios sanitarios básicos. Este derecho, en su esencia, demanda acciones concretas de los gobiernos y de la sociedad en su conjunto. No puede ser solo un ideal proclamado, sino una meta que debe materializarse, ahí, por ejemplo, hay una hoja de ruta clarísima por donde el novel gobierno de presidente Noboa debería ir.

La pandemia arrojó luz sobre estas desigualdades, destacando la urgencia de actuar. La atención sanitaria no puede ser una prerrogativa reservada para unos pocos privilegiados; la vivienda no debería ser un lujo al alcance de unos cuantos. Es tiempo de responsabilidades reales, políticas públicas inclusivas y una distribución equitativa de recursos —tan amplios y variados en el Ecuador— para hacer efectivo este derecho fundamental para todos.

La concreción del artículo 25 no es solo una cuestión de compromisos legales, sino una cuestión de humanidad y ética. En la medida en que cada individuo tenga acceso garantizado a un nivel de vida digno, estaremos un paso más cerca de alcanzar una colectividad más justa y equitativa, esa, que todos los ecuatorianos deseamos y necesitamos.

El desafío actual, de todos los ecuatorianos y la gente que vive en el Ecuador, es transformar las palabras de esta Declaración en acciones tangibles. Esto requiere un esfuerzo colectivo y un compromiso continuo por parte, no solo del gobierno, sino del Estado en su conjunto, las organizaciones internacionales, la sociedad civil y cada individuo. Es hora de que este derecho no sea solo una declaración en papel, sino una realidad palpable para cada ser humano en todas partes, de manera concisa en el Ecuador.

estebansarmientoj@yahoo.com