Corte Constitucional se pronuncia sobre uso de celulares en segunda vuelta

La Corte Constitucional resolvió que la prohibición del uso de celulares durante el voto en segunda vuelta es válida, pero con condiciones:

No es un requisito para votar ni una restricción al derecho al sufragio.
-Aplica solo desde que se recibe la papeleta hasta que se deposita en la urna.
-No afecta el derecho a la propiedad sobre los dispositivos.
Sanciones deben respetar legalidad, proporcionalidad y debido proceso.

La jueza Alejandra Cárdenas argumentó que la medida podría exceder las competencias del CNE y vulnerar la reserva de ley.

Posibles sanciones: Multas entre $9,870 y $32,900 para quienes incumplan.