CITACIÓN JUDICIAL
CITO: Cito con la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en la misma, a los herederos desconocidos y presuntos del extinto: GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA, así como de los herederos conocidos fallecidos STALIN ILLLIGON SACA MORA Y GEOVANNY GABRIEL SACA PRADO.
SEGUIDO POR: Prado Saca Ismenia Elisa, Mora Gallardo Blanca Rosa, Saca Mora Janneth Elizabeth.
OBJETO DE LA DEMANDA. Que se proceda a la formación de inventario solemne y avalúo de los bienes y activos del causante GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA.
CUANTÍA: La cuantía del presente caso por su naturaleza es INDETERMINADA.
JUICIO NRO: 11317-2025-00099.
PROCEDIMIENTO: Voluntario.
JUEZ: Dr. Marlon Ray Santorum Montero.
SEÑOR (A) JUEZ (A) DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO, PROVINCIA DE LOJA. Nosotros, ISMENIA ELISA PRADO SACA, en calidad de ex conviviente del extinto GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA, quien falleció el 27 de noviembre de 2020, BLANCA ROSA MORA GALLARDO, en calidad de ex cónyuge del mencionado causante; JANNETH ELIZABETH SACA MORA, en calidad de hija del extinto; ante Usted comparecemos y demandamos lo siguiente: Según consta en el Certificado de Defunción que nos permitimos adjuntar a la presente vendrá a su conocimiento que, el señor GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA, falleció el día 27 de noviembre de 2020. Mediante Escritura Pública realizada en la Notaría Pública del cantón Puyango, con fecha 16 de agosto del 2011, se realizó la Constitución de Unión de Hecho con el hoy extinto, señor GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA, y señora ISMENIA ELISA PRADO SACA. De esta unión procreamos un hijo de nombres GEOVANNY GABRIEL SACA PRADO, quien falleció el día 20 de mayo de 2024, conforme la partida de defunción que adjunto. Durante la vigencia de la sociedad de bienes entre (GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA y señora ISMENIA ELISA PRADO SACA), adquirimos dos propiedades, las cuales las detallo a continuación: Lote de terreno signados con el Nro. 2, con inscripción Nro. 66 del registro de la propiedad con fecha 03 de febrero del 2012, ubicado en el sector Huambona, perteneciente a la parroquia Vicentino del cantón Puyango, provincia de Loja. Lote de terreno Nro. 1, con Inscripción Nro. 554 del Registro de la Propiedad con fecha 16 de noviembre del 2011, Sector La Rabija, ubicado en la parroquia Vicentino del cantón Puyango, provincia de Loja. Mediante Inscripción de Matrimonio con fecha de 20 de julio de 1973, el causante contrajo matrimonio con la señora BLANCA ROSA MORA GALLARDO. Dentro de la sociedad conyugal que mantuvimos (GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA y BLANCA ROSA MORA GALLARDO), adquirimos el siguiente bien inmueble: Lote de terreno signado con el Nro.15, Manzana A2, con Clave Registral Nro. 00042782, del sector de la serie 1, del predio Borja, perteneciente a la parroquia Sucre, del cantón y provincia de Loja. Comparecemos en nuestra calidad de ex conviviente, ex cónyuge sobreviviente e hija, a efectos de solicitar la formación de inventario solemne y avalúo de los bienes, activos y pasivos del causante. La pretensión clara y precisa que se exige es que se proceda a la formación de inventario solemne y avalúo de los bienes y activos del causante GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA, para lo cual, conforme a lo establecido en el Art. 341 inciso primero del COGEP, solicitó que. Una vez realizado el inventario se dará traslado a los interesados, y simultáneamente convocará a audiencia. La cuantía del presente caso por su naturaleza es INDETERMINADA. El trámite que debe dársele a la presente demanda es el Voluntario, de conformidad al Art. 334 numeral 4 y 335 del Código Orgánico General de Procesos. AUTO DE ACEPTACIÓN A TRÁMITE: VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente del Cantón Puyango, nombrado mediante acción de personal Nro. 9306-DNTH-2014-KP, del Consejo de la Judicatura.- En lo principal, estimase clara, precisa y completa, la demanda propuesta por los señores: ISMENIA ELISA PRADO SACA; BLANCA ROSA MORA GALLARDO; Y, JANNETH ELIZABETH SACA MORA, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142, 143, 335, 341 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al PROCEDIMIENTO VOLUNTARIO, que le corresponde y en virtud del fallecimiento de quien en vida fue señor GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA, conforme consta de la partida de defunción que se adjunta, se declara abierta la sucesión intestada de sus bienes.- Fórmese el inventario y el avalúo de los bienes sucesorios cumpliendo la normativa legal pertinente.- Cuéntese en el presente proceso con los demandantes, con los herederos conocidos, desconocidos y presuntos del causante; con el señor PROCURADOR TRIBUTARIO DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DE LOJA; ALCALDE Y PROCURADOR SÍNDICO DEL GAD PUYANGO, para la citación del primer funcionario llamado a intervenir en el proceso, se depreca a uno de los señores Jueces (as) de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Loja, enviándole suficiente despacho en forma y ofreciéndole reciprocidad en casos análogos.- A los representantes municipales de Puyango, en sus despachos.- Cítese a los herederos desconocidos y presuntos del extinto: GABRIEL FRANCISCO SACA HERRERA, así como de los herederos conocidos fallecidos STALIN ILLLIGON SACA MORA Y GEOVANNY GABRIEL SACA PRADO, en un diario de la ciudad de Loja, por no existir este medio de comunicación en esta ciudad, atento a lo dispuesto por el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos o por mensajes radiales en la forma dispuesta en la misma norma legal antes invocada.- Téngase en cuenta el anuncio de pruebas que realiza el accionante.- Una vez que se haya citado a todos los intervinientes en la causa, se señalará día y hora para la diligencia de Inventario y Avalúo de Bienes.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE .-
Alamor, martes 06 de mayo de 2025.
Mgtr. Carlos Bayardo Cañarte Sisalima
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE DEL CANTÓN PUYANGO
F. 4442
