
El COE Nacional emitió nuevas normas para el país.
Normas obligatorias que permanecen a nivel nacional, sin importar el color de semáforo.
• La ciudadanía deberá ser consciente que es de responsabilidad individual adoptar medidas de prevención para el control de la pandemia.
• Se deberán implementar y cumplir medidas biosanitarias en todos los espacios laborales, familiares, comunitarios.
• Cumplir con el distanciamiento, uso del tapabocas/ mascarillas, medidas de higiene.
• Se mantienen cerradas las fronteras terrestres.
• Continúan suspendidas las clases presenciales de los diferentes niveles educativos.
• Se recomienda extremar precauciones para personas mayores de 60 años y grupos vulnerables al contagio.
• Se mantiene prohibido el funcionamiento de bares, discotecas, karaokes, night clubs, billares, centros de diversión infantil, y toda actividad que no garantice el distanciamiento social.
• Se mantienen restringidas las actividades físicas en los lugares cerrados, a excepción de pilotos aprobados para los cantones que se encuentran en verde. En lugares abiertos se mantienen autorizadas
actividades individuales, conforme a los lineamientos emitidos por el COE Nacional.
• Se mantienen prohibidos los espectáculos públicos en espacios abiertos y cerrados, así como las aglomeraciones.
• Las empresas e instituciones públicas y privadas, están obligadas a expedir e implementar un protocolo de bioseguridad considerando los lineamientos establecidos en la “Guía y plan general para el retorno progresivo a las actividades laborales”, no se requerirá su aprobación por parte del COE (nacional, provincial, cantonal).
• Apertura de las playas a partir del 22 de julio de 2020, con la implementación del sistema de videovigilancia “Distancia2” del ECU -911. El listado será publicado de manera oportuna.
• Los GAD cantonales conforme a sus competencias, están en la obligación de vigilar el cumplimiento de las ordenanzas para el control del orden en el espacio público.
• Se mantiene la emisión de salvoconductos conforme el color de la semaforización.
• Las operadoras de transporte terrestre turístico, marítimo-fluvial turístico únicamente podrán prestar el servicio al contar con el contrato de agencia de viajes o del usuario que contrate directamente
en amarillo y verde.
• Las modalidades de transporte tipo ejecutivo, puerta a puerta u otras se encuentran prohibidas de ofertar servicios de transporte interprovincial, al no contar con el título habilitante.
• Transporte particular habilitado entre cantones de provincias con el mismo color del semáforo (amarillo – verde).
Restricciones según color de semáforo
Rojo
• Horario de toque de queda de 18h00 a 05h00.
• Vehículos particulares circulan 2 días a la semana de lunes a viernes, se incluye a motos, no circulan los sábados y domingos.
• Taxis, transporte mixto y carga liviana par e impar de lunes a sábado; domingo circulan todos sin restricción de placa.
• Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa, cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
• Transporte urbano podrá circular conforme las restricciones establecidas por el GAD Municipal, cumpliendo el aforo y normas de bioseguridad.
• Atención médica, se autorizan las consultas médicas externas de todas las especialidades, además, de las cirugías programadas y los
programas de protección sanitaria y social a grupos vulnerables.
• Transporte interprovincial no puede circular.
• Movilización autorizada para los profesionales del Derecho con su credencial como habilitante.
• La emisión de salvoconductos se mantiene.
• Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 30%.
• Las reuniones sociales, públicas o privadas, se mantienen prohibidas.
• La actividad comercial se reanuda con el 30% del aforo permitido en cada establecimiento.
- Amarillo
• Horario de toque de queda de 23h00 a 05h00. Excepto para Quito, se mantiene el horario de toque de queda de 21h00 a 05h00.
• Vehículos particulares circulan pares e impares, de lunes a sábado.
Los domingos 05 y 19 de julio, podrán circular vehículos con placa impar, mientras que los domingos 12 y 26 podrán circular los vehículos con placa par.
• Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana podrán circular todos los días sin restricción de placa.
• Transporte institucional circula sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.
• Transporte urbano al 50% de su aforo.
• Transporte intraprovincial autorizado con el 50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.
• Transporte interprovincial al 50% del aforo, únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.
• Transporte marítimo y fluvial de personas autorizado al 50% del aforo.
• Turismo marítimo con pernoctación autorizado y en cumplimiento a protocolos de bioseguridad.
• Transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad.
• La emisión de salvoconductos se mantiene vigente para necesidades médicas y los de la cadena productiva, exportación, alimentos (abastecimiento y distribución), farmacéutica, y los planes piloto
aprobados por el COE NACIONAL para el retorno progresivo de actividades. Se eliminan los emitidos para entregas a domicilios. Se eliminan los salvoconductos emitidos para necesidades médicas.
• Centros comerciales y restaurantes, se permite la atención al público con el 50% del aforo permitido. - Excepto para Quito, en esta ciudad se deberá mantener el 30% de aforo en estos establecimientos.
• Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%. - Excepto para Quito, se reanudan las actividades laborales presenciales al 25%,
en el sector público.
• Se autorizan velorios con hasta 25 personas.
• Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas, asegurando el distanciamiento social mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de sistemas de ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de bioprotección.
• Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo permitido. - Excepto para Quito, estos establecimientos se mantienen cerrados.
• Se autoriza el inicio de actividades en sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales (excepto el Parque Nacional Yasuní), con
el ingreso del 30% de visitantes, cada institución deberá implementar un protocolo para este fin.
• Se autoriza la reanudación de actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados, se deben respetar los protocolos de
bioseguridad y los lineamientos emitidos desde el COE Nacional.
- Verde
• Se elimina el toque de queda.
• El 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo, alternando circulación por número de placas, par e impar.
• Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días.
• Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos emitidos para este fin.
• Transporte urbano al 50% de su aforo.
• Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color.
• Transporte interprovincial únicamente, entre cantones en Amarillo o Verde que han acordado la prestación del servicio a través de sus terminales terrestres.
• La emisión de salvoconductos se mantiene únicamente para el sector de la cadena productiva, exportación, alimentos, (abastecimiento y distribución), farmacéutica, y los planes piloto aprobados por el COE Nacional para el retorno progresivo de actividades.
• Restaurantes y centros comerciales se permite la atención al público, con el 50% del aforo permitido.
• Plan piloto: Los gimnasios podrán reanudar sus actividades, previamente aprobado por el COE Cantonal, con base a los protocolos aprobados por el COE Nacional.
• Se autoriza la realización de velorios con la presencia de 25 personas máximo.
• Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas y en espacios que garanticen el distanciamiento social requerido (2 metros entre personas).
Semáforo de circulación de vehículos particulares
- Rojo
• Lunes vehículos, con placas terminadas en: 1, 2, 3 y 7
• Martes vehículos con placas terminadas en: 3, 4, 5 y 8
• Miércoles vehículos con placas terminadas en: 4, 5, 6 y 9
• Jueves vehículos con placas terminadas en: 6, 7, 8 y 0
• Viernes vehículos con placas terminadas en: 1, 2, 9 y 0
• Sábados y Domingos, no circulan vehículos particulares. - Amarillo
• Lunes, miércoles, viernes circulan vehículos con placas impares.
• Martes, jueves, sábado, vehículos con placas pares.
• Domingo 05 y 19, circulan vehículos con placa IMPAR.
• Domingo 12 y 26, circulan vehículos con placa PAR. - Verde
• Lunes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 6, 8 y 0
• Martes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 5, 7 y 9
• Miércoles, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 4 y 0
• Jueves, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 9
• Viernes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 6 y 8
• Sábados, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 5
• Domingo, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 4 y 7.
- Las diferentes modalidades de transporte, cumplirán el aforo y las normas de bioseguridad establecidas en los protocolos.
- El servicio de transporte comercial de tricimotos se sujetará a la restricción vehicular de toque de queda y, restricción según el último número de placa conforme a la restricción para vehículos particulares,
debiendo cumplir con las medidas de bioseguridad, tanto para conductor y pasajero (conductor casco y mascarilla y pasajero mascarilla).