UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA
EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL
Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite, y más constancias procesales dentro del juicio de Impugnación de Paternidad a los herederos desconocidos y presuntos del extinto SERAFÍN SARANGO SACAPI, que en extracto es como sigue:
ACTORES: SEGUNDO MANUEL SARANGO CUMBICUS y
DEMANDADOS: LEONOR PIEDAD SARANGO CUMBICUS, MARIA ALBA SARANGO CUMBICUS, PEDRO ANGELITO SARANGO CUMBICUS, JUAN ENRIQUE SARANGO CUMBICUS, HERMITA ZOILA SARANGO CUMBICUS y LUIS ALFREDO SARANGO CUMBICUS y a los herederos desconocidos y presuntos del extinto señor SERAFÍN SARANGO SACAPI.
TRAMITE: ORDINARIO.
CUANTÍA: INDETERMINADA.
JUICIO: NRO. 11203-2024-01064.
JUEZ: DRA. SANDRA JENNY VIDAL RODRIGUEZ.
UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, lunes 20 de mayo del 2024, a las 16h23. VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente demanda en mi calidad de Jueza de la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Loja, designada mediante resolución Nro. 26 del 25 de abril del 2013 por el Pleno del Consejo de la Judicatura, y en virtud del respectivo sorteo constante en la misma.- Se llama a intervenir al Dr. Pedro Ruiz Reinoso en calidad de Secretario de de ésta Unidad Judicial. De clara y precisa se califica la demanda de impugnación paternidad presentada por SEGUNDO MANUEL SARANGO CUMBICUS en contra de LEONOR PIEDAD SARANGO CUMBICUS, MARIA ALBA SARANGO CUMBICUS, PEDRO ANGELITO SARANGO CUMBICUS, JUAN ENRIQUE SARANGO CUMBICUS, HERMITA ZOILA SARANGO CUMBICUS y LUIS ALFREDO SARANGO CUMBICUS por reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos por lo que se la acepta al trámite mediante procedimiento ordinario le corresponde de conformidad a lo establecido en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos.- Se ordena la citación a los demandados LEONOR PIEDAD SARANGO CUMBICUS, MARIA ALBA SARANGO CUMBICUS, PEDRO ANGELITO SARANGO CUMBICUS, JUAN ENRIQUE SARANGO CUMBICUS en el domicilio que se indica en la demanda mediante comisión al Teniente Político de la Parroquia Malacatos del cantón Loja. A los señores HERMITA ZOILA SARANGO CUMBICUS y LUIS ALFREDO SARANGO CUMBICU en el domicilio que se indica en la demanda mediante comisión al Teniente Político de la Parroquia Vilcabamba del cantón Loja, para lo cual el señor Secretario remitirá los despachos correspondientes. Para la citación a los demandados se ordena que el actor se acerque al archivo de la Unidad Judicial, a fin de que realice la gestión necesaria para la obtención de las copias de las piezas procesales con las que debe citarse al demandado, conforme a las Directrices constantes en el memorando circular No. C.J.DN GP-2018-0289- MC, TR:CJ-INT-2018-16413, de fecha 18 de Julio de 2018; obtenidas dichas copias, remítase el correspondiente despacho a la autoridad competente.- A los herederos desconocidos del extinto señor SERAFÍN SARANGO SACAPI se los citará de acuerdo a lo establecido en el Art. 58 del Código Orgánico General de Proceso se los citará por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de ésta ciudad de Loja. Téngase en cuenta la prueba anunciada sobre la cual se proveerá en audiencia preliminar: PRUEBA DOCUMENTAL: 1)Certificado de nacimiento de Segundo Manuel Sarango Cumbicus, 2) Certificado de defunción del señor Serafin Sarango Sacapi, 3) Certificado de matrimonio de los señores Serafin Sarango Sacapi y de Imelda Angélica Cumbicus Cuenca, 4) Certificados de nacimiento de los señores LEONOR PIEDAD SARANGO CUMBICUS, MARIA ALBA SARANGO CUMBICUS, PEDRO ANGELITO SARANGO CUMBICUS, JUAN ENRIQUE SARANGO CUMBICUS, HERMITA ZOILA SARANGO CUMBICUS y LUIS ALFREDO SARANGO CUMBICUS, 5) Prueba de ADN. PRUEBA TESTIMONIAL: 1) Declaración de parte del actor, 2) Declaración de los testigos Imelda Angélica Cumbicus Cuenca y de las señora Leonor Rango Cumbicus. PRUEBA PERICIAL: Prueba de ADN entre actor y demandados. El demandado podrá anunciar su prueba en la forma que determina el Art. 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, y en el término que determina el Art. 291, inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos, (treinta días) para que conteste la demanda, una vez que hayan sido citados legalmente.- Agréguese la documentación aparejada a la demanda. Tómese en cuenta el casillero judicial y los correos electrónicos señalados. NOTIFÍQUESE.- VIDAL RODRIGUEZ SANDRA JENNY JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL (PONENTE).- OTRA PROVIDENCIA.- UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA. Loja, miércoles 19 de junio del 2024, a las 16h52. Vista la petición que antecede, formulada por el accionante SEGUNDO MANUEL SARANGO CUMBICOS, y de conformidad a lo estipulado en el numeral 8 del Art. 130 del Código Orgánico de la Función Judicial se convalida el auto de fecha 20 de mayo del 2024 (fs. 18-19), en el sentido de que el apellido materno de los demandados es CUMBICOS y NO «Cumbicus» como inadvertidamente se ha hecho constar, quedando lo demás inalterable.- Por cuanto, la demandada María Alba Sarango Cumbicos ha dado cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 10 de junio del 2024 (fs. 35) y acogiendo la petición de fs. 32-33, de conformidad a lo estipulado en el Art. 37 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) se designa en calidad procuradora común de los demandados MARÍA ALBA SARANGO CUMBICOS, PEDRO ANGELITO SARANGO CUMBICOS, JUAN ENRIQUE SARANGO CUMBICOS, HERMITA ZOILA SARANGO CUMBICOS y LUIS ALFREDO SARANGO CUMBICOS a la señora LEONOR PIEDAD SARANGO CUMBICOS.- HÁGASE SABER.- VIDAL RODRIGUEZ SANDRA JENNY JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL (PONENTE)
Dejo constancia de este particular, para los fines de ley.-
Loja, 24 de junio de 2024.
Dr. PEDRO GUSTAVO RUIZ REINOSO.
SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN LOJA
F. 3039
