Multas rigurosas por mal uso de estafetas

La reciente aprobación de la Ordenanza para la Promoción Publicitaria en Estafetas, en el cantón Loja; establece algunos parámetros del uso de estos espacios. Las multas llegan hasta el 50% de Salario Básico Unificado (SBU).

La Ordenanza fue presentado por iniciativa ciudadana, con el apoyo de algunos concejales; y publicada en el Registro Oficial – Edición Especial No. 849, el 28 de abril de 2023.

Oscar Pineda Torres, activista social y ambiental, en diálogo con Diario Crónica, indicó que, con Pablo Iván Correa, trabajaron en esta propuesta desde 2021.

En un inició, la normativa estuvo dirigida al estímulo y promoción de emprendimientos.

Sin embargo, hubo algunas modificaciones, “pero la intención es la misma. Lo que se busca es la democratización de estos espacios públicos”. En el cantón Loja, existen alrededor de 83 estafetas, puntualizó.

Uso

Para Pineda Torres, entre las ventajas de la aplicación y aprobación de la normativa es que los ciudadanos solo podrán utilizar el 25% del espacio, por 30 días. Luego será removida por funcionarios del GAD Loja.

“Queremos evitar el monopolio, que una solo empresa ocupe el 100% del espacio”, subrayó.

Además, está prohibido el uso del papel couché​, bond y plástico; solo se permitirá material ecológico y amigable con el medio ambiente.

 Controles

Ángel Feijóo Feijóo, concejal del cantón Loja e integrante de la Comisión de Servicios Públicos y Defensa al Consumidor, aseveró que la normativa de reciente aprobación tiene como propósito establecer una mayor regulación del uso de este espacio.

Incluso hay la disposición de crear nuevas estafetas a través de parámetros técnicos, cada una de éstas debe contar con un código QR, para que descargue la Ordenanza —y la ciudadanía conozca sus alcances—.

Las multas van desde las más leves, 10% de un SBU, graves el 25% de un SBU; y, muy graves el 50%.

Las diferentes comisarias del Ayuntamiento realizarán los controles, y “la ciudadanía podrá presentar la queja por escrito en la dependencia —para iniciar el proceso administrativo sancionador—”, concluyó el edil. (I)

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DATO

Las multas van desde el 10% hasta el 50% de SBU.

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Solo podrá ocuparse el 25% del espacio por parte de cada empresa u organización.