Alfonso Valdivieso en la memoria del instituto técnico
Efraín Borrero E.
Cuando Daniel Álvarez Burneo dictó su testamento, el veinte y ocho de julio de 1936, dispuso lo siguiente: “Cláusula Décimo Quinta”: “Dejo el remanente de mis bienes al Concejo Cantonal de Loja para que lo invierta en la fundación de uno o más establecimientos de beneficencia en favor del pueblo pobre urbano y rural. La determinación de los establecimientos que han de fundarse lo hará dicho Concejo de acuerdo con la Junta Administrativa del Hospicio Daniel Álvarez Sánchez, y ellos mismos formarán los estatutos y organizarán las juntas, como queda dicho”.
Seguir leyendo “Alfonso Valdivieso en la memoria del instituto técnico”