Elecciones extraordinarias 2023

Luego de que el señor presidente de la Republica Guillermo Lasso usó la herramienta constitucional (“muerte cruzada”), el Consejo Electoral ecuatoriano convocó oficialmente las elecciones presidenciales y legislativas anticipadas para el próximo 20 de agosto. Los ajustados tiempos han hecho apresurarse a la autoridad electoral para poder desarrollar los comicios en tres meses (90 días), cuando normalmente se tomaba un año para hacerlo. También los partidos y movimientos políticos corrían a prisa y en la búsqueda de candidatos y algunos candidatos en la búsqueda de algún partido o movimiento político.

Las candidaturas podían inscribirse hasta el día martes 13 de junio. El domingo 20 de agosto de 2023, los ecuatorianos escogerán a un nuevo presidente y a 137 asambleístas, que estarán en sus cargos hasta mayo de 2025. 13,45 millones de la sociedad ecuatoriana podrán ejercer el sufragio en las elecciones. Los comicios tendrán reglas especiales, pues la Constitución obliga a que se desarrollen con una planificación de apenas 90 días. Por esta razón, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó un reglamento que norma estas elecciones extraordinarias. En él, se establecen algunos puntos que permitirán que el calendario electoral cubra ese periodo, a la ves establece todas las condiciones especiales que deberán cumplir estas elecciones, para ahorrar tiempo y dinero. Los candidatos que resulten electos serán posesionados entre septiembre y noviembre de 2023, y estarán en sus cargos hasta mayo de 2025. El padrón electoral que se usará en las elecciones presidenciales y legislativas de agosto del 2023 será el mismo que se usó en las elecciones seccionales de febrero pasado. Con esto, el CNE logra reducir los días en el calendario electoral para el cierre del padrón y la presentación de impugnaciones. Además, se mantendrá el mismo padrón pasivo, que contiene a quienes no hayan votado en las últimas cuatro elecciones. Es decir, que las personas que no pudieron sufragar en las elecciones seccionales tampoco podrán hacerlo en los comicios de agosto. El CNE también decidió que se mantengan los mismos miembros de juntas receptoras del voto que fueron designados para las seccionales. Estas personas serían asignadas a los mismos recintos en los que trabajaron en febrero pasado. En total, 39.892 juntas receptoras del voto se instalarán para estas elecciones, en los 4.380 recintos electorales de todo el país. Quienes no repetirán esta tarea son las personas designadas como miembros de junta receptora del voto en las circunscripciones en el exterior. En todos los países, se aplicará en esta elección el voto telemático. No habrá campañas de cambio de domicilio electoral. Es decir, no habrá la posibilidad de cambiarse de recinto. Por esta razón, se mantendrán los mismos recintos establecidos para las seccionales de febrero pasado. Esto quiere decir que los ecuatorianos deberán ejercer el sufragio en el mismo lugar que les fue asignado en las elecciones anteriores. El CNE implementará el sistema de consulta del lugar de votación. En total, habrá 4.380 recintos electorales en todo el país.

Dado que estas elecciones serán consideradas como extraordinarias, no se ampliará los porcentajes de participación de mujeres y jóvenes, sino que se mantendrán los que se usaron en las seccionales. Estos son: Los binomios presidenciales deberán incluir un hombre y una mujer, después de la sentencia del TCE. En la lista de asambleístas nacionales, un hombre o una mujer pueden encabezarla. En caso de elecciones de asambleístas provinciales y del exterior, del total de listas que la organización política inscriba a nivel nacional, el 30% estará encabezado por mujeres. En cada una de las listas para elecciones, al menos el 25% debe ser hombres o mujeres jóvenes (menores de 30 años). Voto telemático en el exterior Para reducir tiempos en el envío de material electoral, el CNE dispuso que el voto en el exterior ya no sea presencial sino sólo telemático. En total, 409.250 ecuatorianos empadronados en el exterior podrán utilizar esta opción para el voto telemático.