“Los hechos son elementos probatorios en instancias no viciadas y la verdad habla por sí sola, aunque a veces tarden en hacerlo”.
La Probidad se refiere a la honestidad, honradez, rectitud; y notorio es lo manifestado con evidencia, es conocido y sabido por todos. Bajo estas claras definiciones y en concordancia con la Constitución (Art. 66), todos los ecuatorianos tenemos derecho a disponer de servicios públicos y privados de excelente calidad. La Asamblea Nacional busca modificar con enmienda los requisitos para ser presidente y asambleísta, entre estos esta, el concepto de “Probidad notoria”, que se refiere a la conducta intachable y honesta de una persona, reconocida públicamente por su integridad y ética.
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