El CNE no podrá ser renovado
Antonio C. Maldonado V.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) no podrá ser cambiado parcialmente ni el Tribunal Contencioso Electoral por cuanto nos enrumban en intermitentes procesos de elecciones con participación obligatoria de la ciudadanía con sus excepciones; para el 21 de abril, en un solo acto, se llevará a efecto la Consulta Popular y el Referéndum dispuestos por el actual mandatario, Daniel Noboa Azin, debido a lo cual, es necesario explicar en qué consiste tanto la Consulta como el Referéndum porque la mayoría de los electores no conocen con claridad la diferencia entre estas dos instancias legales prescritas en la Constitución de la República y el Código de la Democracia: la Consulta Popular es un recurso de participación ciudadana que permite, por medio de la votación, consultar a los ciudadanos sobre temas que afecten al país a nivel político, económico o social, mientras que el Referéndum es un “tipo de Consulta Popular” que busca el cambio o aprobación de un artículo específico de la Constitución, a todo eso se tienen que agregar los anexos a los artículos pertinentes que generalmente la mayoría no los lee y los que lo hacen no lo entienden.
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