
Tras la disolución de la Asamblea Nacional, el presidente de la República, Guillermo Lasso Mendoza, emitió el Decreto-Ley N.º 742 en el que establece reformas sustanciales a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Economía Familiar, cuyo objetivo es favorecer la economía tanto familiar como de los negocios populares, artesanos, entre otros.
Beneficios
Tras emitir el decreto-ley, ahora esta en manos de la Corte Constitucional darle el visto bueno para que de inmediato sea publicado en el Registro Oficial y las entidades puedan empezar a laborar con base en esta nueva norma.
Julio César Ruiz, director zonal 7 del SRI, en diálogo con Diario Crónica, señaló que esta reforma trae consigo muchos beneficios. Por ejemplo, se bajan los impuestos a la clase media; aumentan los gastos deducibles para las familias, ya que las personas naturales podrán deducir hasta USD 15.294 al año en gastos personales de cara al pago de Impuesto a la Renta. Esto es casi tres veces más que los USD 5.327 que, actualmente, pueden deducir los contribuyentes.
Además, excluyen a los artesanos del Rimpe; quitan obligatoriedad de facturar electrónicamente a los taxistas; gastos en mascotas también serán deducibles; de igual manera los gastos de las personas con enfermedades catastróficas, ellas en cambio, tendrán el máximo de gasto deducible (hasta USD 15.294 al año).
Impuestos
La reforma tributaria propone crear un régimen especial para los negocios de pronósticos deportivos. La autoridad agregó que la propuesta es crear un Impuesto Único del 15% mensual de los ingresos que reciben los operadores de las plataformas de pronósticos deportivos o apuestas en línea. De la base imponible, las empresas podrán descontar los premios que otorgan a los jugadores.
La reforma a la ley y el impuesto a la renta regirá con un efecto retroactivo, es decir, desde enero de 2023, afirmó. (I)
Dato
La reforma también alcanza a los espectáculos públicos y los grava con una tarifa de 12% de Impuesto al Valor Agregado (IVA).