Cambios tras la “muerte cruzada” fueron más políticos que económicos

Expresidente junto a ministros en el anuncio de la “muerte cruzada”.

El miércoles 17 de mayo de 2023 —hace un año exacto— Ecuador amaneció con la noticia de que el expresidente Guillermo Lasso había decretado “muerte cruzada”. Analistas señalan que, desde el hecho, los cambios fueron más políticos que económicos.

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400 proyectos de Ley, herencia para el nuevo Parlamento

En agosto se elegirían a los nuevos asambleístas.

El presidente Guillermo Lasso dio paso a la “muerte cruzada” el pasado 17 de mayo, con lo cual disolvió la Asamblea Nacional y dispuso la convocatoria a nuevas elecciones. Sin embargo, existen leyes y reformas constitucionales pendientes. El ambiente político en el país, de acuerdo a un analista de la localidad, retrasa la aplicación de normas que ameritan prioridad.  

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Funcionarios de casas legislativas también abandonaron su curul

Desde la disolución de la Asamblea Nacional, personal dejó de asistir a las oficinas.

En Loja, al igual que en otras provincias del país, desde el decreto presidencial de disolver el Parlamento, “muerte cruzada”; personal que laboraba en las denominadas casas legislativas, abandonaron las oficinas —una vez adoptada la medida—.

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Diego Esparza: “Los mejores hombres y mujeres deben representarnos en la papeleta”


Diego Esparza, exasambleísta por la provincia de Zamora Chinchipe.

La fecha tentativa para las elecciones legislativas y presidenciales anticipadas están previstas para el próximo mes de agosto. Diego Esparza Aguirre, exasambleísta por la provincia de Zamora Chinchipe, calificó la “muerte cruzada” como un acto “ilegal e inconstitucional”.

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En Loja: Diversas reacciones tras la “muerte cruzada” decretada por Lasso

 Se deberá convocar a elecciones para elegir nuevos asambleístas.

El presidente Guillermo Lasso firmó el Decreto Ejecutivo 741 que da paso a la “muerte cruzada”, y que permite la convocatoria a elecciones para renovar el Ejecutivo y el Legislativo. Diversos criterios se dan en torno a este tema por parte de integrantes de diferentes agrupaciones políticas y profesionales en la urbe lojana.

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Asambleístas lojanos señalan que la “muerte cruzada” era eminente  

Manuel Medina y Johanna Ortiz dieron su criterio ante la disolución de la Asamblea.

El presidente de la República, Guillermo Lasso Mendoza, emitió, la mañana del miércoles 17 de mayo de 2023, el decreto 741 con el que disolvió la Asamblea Nacional, a través de la figura “muerte cruzada”, por grave crisis política y conmoción interna. Los exasambleístas lojanos dan su criterio ante la situación.

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Gabriel Hidalgo: “La muerte cruzada es un misterio”

Aplicación de la muerte cruzada, aún no está definida.

Tras el anuncio del secretario jurídico de la presidencia de Ecuador, Juan Pablo Ortiz, acerca de que el decreto para aplicar la “muerte cruzada” está listo, pero será el mandatario, Guillermo Lasso, quien decida cuándo usarlo; se generaron diferentes criterios. Gabriel Hidalgo Andrade, constitucionalista y politólogo lojano, realizó un análisis de la situación actual del país.

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Juan Gabriel Peralta, jurista lojano “Gobernar bajo decretos ejecutivos es, en la práctica, una muerte cruzada”

La Asamblea Nacional del Ecuador está conformada por 137 legisladores, sin embargo, durante estos 11 meses que llevan en el cargo ha dejado mucho que desear por los conflictos que se han suscitado, ante esto, se ha anunciado gobernar bajo decretos, es prácticamente una muerte cruzada, según jurista lojano.

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Consulta, muerte cruzada por un cambio

Antonio C. Maldonado V. 

En los medios de difusión se alienta por parte de los politiqueros al Gobierno Nacional para que realice consultas populares y además la opción presidencial de la apodada “muerte cruzada” para disolver la Asamblea Nacional en la que no cuenta con mayoría para que apruebe los proyectos de leyes enviados; pues, la motejada “muerte cruzada” consta en el Art. 148 de la Carta Magna que textualmente dispone: “La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo”; sobre el particular el señor Presidente ha manifestado en medios de comunicación que no se ha analizado ese asunto, y, la Consulta Popular si se la estudia para que el soberano apruebe su ejecución. 

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